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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (01/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Sábado 1 de abril de 2023 El Peruano / VISTOS, el Dictamen N° 1205-2023-SECEJE-PNP/ DIRASJUR-DIVDJPN de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000701-2023/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0853-2022- IN de fecha 8 de julio de 2022, se autorizó el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, del 11 de julio al 13 de setiembre de 2022, a la ciudad de San Diego del Estado de California de los Estados Unidos de América; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 059-2023-IN-SALUDPOL-GG de fecha 22 de febrero de 2023 y modi fi cada con Resolución de Gerencia General Nº 061-2023-IN-SALUDPOL-GG de fecha 28 de febrero de 2023, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL autorizó el fi nanciamiento de la ampliación del tratamiento médico altamente especializado del paciente SB PNP (R) Ángel David Rojas Flores en el Hospital UC San Diego Health de los Estados Unidos de América, por el monto de USD 47 641,95 (Cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y uno con 95/100 dólares estadounidenses); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL mediante Informe Técnico N° D000037-2023-SALUDPOL/DFPS, se concluye que “(…) es pertinente solicitar a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú-DIRREHUM que, mediante Resolución Ministerial autorice el viaje al exterior del bene fi ciario Ángel David Rojas Flores para asistir a sus consultas post operatorias que se realizarán de manera ambulatoria en la UC San Diego Health en California-Estados Unidos durante el periodo comprendido entre las fechas: SALIDA: 10 de abril de 2023 RETORNO: 23 de mayo de 2023”; Que, mediante O fi cio N° 0180-2023-SALUDPOL/ GG, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, traslada a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el expediente administrativo del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, para la continuidad del trámite pertinente para la autorización de viaje al exterior vinculado al desarrollo del tratamiento médico altamente especializado del referido señor en la UC San Diego Health, para el trámite correspondiente; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar del personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio N° 01778-2023-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEP.PRE, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, a través del cual se adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000821; Que, mediante el Informe N° 101-2023-DIVECO-PNP- DPTP.RYV.SECC.RES., de la Jefatura del Departamento de Resoluciones y Viáticos de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, al Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, se le aplica la compensación extraordinaria por tratamiento médico en el extranjero, calculando la misma por un período de 44 días, que ascienden a US$ 7 466,80, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF;Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: (...) - Tratamiento Médico Altamente Especializado”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 262-2014- EF, se establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, por ampliación de tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, del 10 de abril al 23 de mayo de 2023, a la ciudad de San Diego del Estado de California de los Estados Unidos de América, de conformidad con lo señalado en los considerandos precedentes; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización