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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (02/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Domingo 2 de abril de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entendiendo que dicha autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 6) del artículo 20 de la Ley Nº 27972, establece que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo, el artículo 43 de la citada ley, establece que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, mediante Informe Nº 000004-2023-MPCH/ OGPP, de fecha 05 de enero de 2023, la Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, remite el Informe Nº 000001-2023-MPCH/GAT-SGEC, de fecha 03 de enero de 2023, suscrito por la Sub Gerente de Ejecutoría Coactiva; manifestando que, para que surta efectos nuestras cobranzas y ejecuciones de medidas cautelares en las diferentes entidades y obligados durante el presente año fi scal, es necesario que el ejecutor y auxiliar coactivo se encuentren debidamente designados por la entidad y por todo el ejercicio fi scal 2023, para poder ejecutar los embargos sin interrupciones periódicas; Que, el inciso 7.1) del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo, como la del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos; asimismo, el numeral 7.2) de la referida norma acotada señala que, tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, el artículo 33-A del TUO de la Ley Nº 26979, en lo referente a la acreditación del Ejecutor Coactivo, establece que sólo los Ejecutores Coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema fi nanciero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes ofi cinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento; dicha acreditación deberá contener cuando menos, el nombre de la persona, el número del documento de identi fi cación personal, el domicilio personal, el número de inscripción correspondiente a su colegiatura, el número y fecha de la resolución que lo designa, el registro de fi rmas y sellos correspondiente, la dirección de la o fi cina en donde funciona la Ejecutoría coactiva de la entidad. La acreditación del Ejecutor Coactivo deberá ser suscrita por el titular de la entidad correspondiente; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026-2022- MPCH, del 14 de enero de 2022, se designó a la Abogada Gaby Denisse Guerrero Ramírez con las funciones del cargo de Ejecutor Coactivo y al Lic. Brian Alexander Malca Flores, con las funciones del cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, respectivamente, ambas designaciones con vigencia desde el 01 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, para cumplir con las funciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, sobre la efi cacia anticipada del acto administrativo señala lo siguiente: “17.1. La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción.17.2. También tienen e fi cacia anticipada la declaratoria de nulidad y los actos que se dicten en enmienda”. Que, conforme a la norma legal acotada, el acto administrativo en determinadas circunstancias puede tener efecto retroactivo, lo cual se traduce en la generación de efectos de manera anticipada. El establecimiento de estas circunstancias se basa en particular en presupuestos de protección a derechos de los administrados, no obstante que importantes sectores de la doctrina consideran que la regla general, basada en la seguridad jurídica, es la irretroactividad de los actos administrativos 1. En ese orden de ideas, el ordenamiento jurídico establece que podrá otorgarse efi cacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables a la persona interesada, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la e fi cacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas; Estando a las consideraciones expuestas, se hace necesario emitir el acto administrativo solicitado por la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, acreditando al Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo, respectivamente, con efectividad al 01 de enero de 2023; Contando con el visto bueno de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Secretaría General, Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina General de Administración y Finanzas, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y Gerencia Municipal; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada a la Abog. Gaby Denisse Guerrero Ramírez, con las funciones del cargo de Ejecutor Coactivo, desde el 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, con código 60 4 EJ 3 20, clasi fi cación SP-EJ, perteneciente a la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas; para cumplir con las funciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, en mérito al Contrato Administrativo de Servicios Nº 027-2019-MPCH/GM y modi fi catorias. Artículo Segundo.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada al Lic. Brian Alexander Malca Flores, con las funciones del cargo de Auxiliar Coactivo, desde el 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023; para cumplir con las funciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, en mérito al Contrato Administrativo de Servicios Nº 028-2019-MPCH/GM y modi fi catorias. Artículo Tercero.- DISPONER que el Secretario General adopte las acciones administrativas pertinentes, para la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial de mayor circulación de la ciudad de Chachapoyas; para efectos de acreditación de los designados, ante otras entidades públicas y privadas. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente resolución a los servidores designados y a las dependencias competentes de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, para su debido cumplimiento; DISPÓNGASE su publicación en la página web institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PERCY ZUTA CASTILLO Alcalde Provincial 1 Guía práctica sobre la validez y e fi cacia de los actos administrativos en el ordenamiento jurídico peruano. Primera Edición, mayo 2014. 2165952-1