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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (02/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Domingo 2 de abril de 2023 El Peruano / Cuarenta y Tres con 00/100 soles) de la Unidad Ejecutora 002 PLAN COPESCO a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, Rubro 18: Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones. Artículo Segundo.- PROHIBIR, que los recursos fi nancieros materia de la transferencia en virtud de lo resuelto en el artículo primero de la presente resolución, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Instancia Competente del Gobierno Regional de Cusco la Publicación de la presente Resolución Ejecutiva Regional en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Unidad Ejecutora 002 PLAN COPESCO; y la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA Gobernador Regional 2165658-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban modificación del Anexo Cronograma de Actividades de la Ordenanza N° 485-2023-MDA, que aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Periodo 2024 del distrito de Ancón DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2023-/MDA Ancón, 24 de marzo del 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE ANCÓNVISTO: El Informe Nº 062-2023-GPPPI/MDA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, el Informe Nº 184 -2023-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es un órgano ejecutivo de gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Por su parte, el numeral 6 del Artículo 20 de la citada norma señala son atribuciones del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; fi nalmente, el Artículo 42 menciona que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario. Que, mediante Ordenanza Nº 485-2023-MDA se aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Ancón; reglamento que tiene como Anexo el Cronograma de Actividades del proceso del PPR 2024, donde se ha programado la inscripción de los agentes participantes del 13 al 24 de marzo. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones a cargo del proceso ha tomado conocimiento de la baja participación de la población para el presupuesto participativo 2024, lo cual se debe a las graves consecuencias que ha originado las lluvias e inundaciones en diferentes partes del distrito durante las dos últimas semanas, situación que ha imposibilitado que muchas asociaciones puedan reunirse y así puedan elegir a sus representantes que participarán en el PPR 2024, por lo que la GPPPI considera pertinente ampliar el plazo para la inscripción de los agentes participantes para que más organizaciones sociales del distrito puedan participar de este proceso y así todos los vecinos tengan las mismas oportunidades para poder inscribirse y proponer sus proyectos en bene fi cio de su sector. Que, mediante Informe Nº 062-2023-GPPPI/MDA, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía que modi fi ca el Cronograma de Actividades del PPR 2024, ello en razón de los motivos expuestos en el párrafo anterior y en el marco de lo establecido en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 485-2023-MDA que faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias reglamentarias de la citada ordenanza municipal. Que, mediante Informe Nº 184-2023-GAJ/MDA, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite informe con opinión legal favorable en relación a la propuesta del proyecto de Decreto de Alcaldía presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones. Estando a lo dispuesto por el numeral 6) del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Anexo Cronograma de Actividades de la Ordenanza Nº 485-2023-MDA, el cual como anexo forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones y demás unidades orgánicas participantes en el proceso del Presupuesto Participativo 2024. Artículo Tercero.- DISPONER que el presente decreto entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación y difusión del íntegro del presente decreto a través del portal web institucional (www. muniancon.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE Alcalde ANEXO CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2024 Item Actividad Lugar Fecha Hora 1Convocatoria y difusión del PPR 2024 a nivel distritalDiferentes puntos principales del distrito, página web y redes sociales10 al 31 Marzopermanente