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62 NORMAS LEGALES Domingo 2 de abril de 2023 El Peruano / así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto. Que, la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos menores, tiene por objeto reconocer y normar el carácter y naturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, moto taxis y similares, complementario y auxiliar, como medio de transporte vehicular terrestre. El artículo 111 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, modi fi cado mediante D.S. Nº 007-2018-MTC, regula el internamiento preventivo de vehículos, cuando exista depósito o fi cial accesible y disponible. Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito- Código de Tránsito, en su artículo 2, de fi ne que el Depósito Municipal de Vehículos (DMV), es el Local autorizado para el internamiento de vehículos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes. Que, el D.S. Nº 055-2010-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados; en su cuarta disposición complementaria fi nal, otorga a las municipalidades provinciales y distritales dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos el servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción, donde presta el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores. Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2020, se garantiza la seguridad vial, cuyo objeto es establecer disposiciones que permitan mejorar la regulación, gestión y fi scalización del tránsito y transporte terrestre y sus servicios complementarios, para prevenir y/o minimizar los daños y efectos que provocan los siniestros viales. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 125-2019- MPCH, de fecha 29 de marzo de 2019, se designó como Depósito Municipal de Vehículos (DMV) de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, el inmueble ubicado en el Jr. Unión Cdra. Nº 01, para el internamiento de vehículos menores y mayores que hayan infringido el ordenamiento jurídico vigente. Que, con Ordenanza Nº 0210-MPCH, publicada el 14 de octubre de 2020, se establece el régimen de administración de los depósitos municipales de vehículos de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, precisándose en el artículo quinto que, los vehículos que ingresan a los depósitos municipales de vehículos serán aquellos que estén sujetos a una medida cautelar o de internamiento, relacionados con las facultades y competencias por la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva y de la Sub Gerencia de Transportes y Circulación Vial de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, así como aquellos que por aplicación de alguna sanción y/o medida complementaria, dispuesta por los órganos de la entidad, conlleve a su internamiento. No podrán ser internados vehículos por encargo, orden o disposición del poder judicial, ministerio público, entidades de gobierno central, gobiernos locales o cualquier entidad o autoridad distinta a los señalados en el párrafo precedente. Que, en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 0210-MPCH, que establece el régimen de administración de los depósitos municipales de vehículos de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, se faculta al señor alcalde para establecer las disposiciones relativas a los procedimientos de internamiento, liberación y medidas de seguridad necesarias en los depósitos municipales de vehículos, mediante decreto de alcaldía. Que, mediante Informe Nº 000016-2023-MPCH/ GUT, de fecha 06 de enero de 2023, el Gerente de Urbanismo y Transportes de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, eleva al superior el Informe Nº 002-2023-MPCH/GUT-SGTCV, suscrito por el Sub Gerente de Transportes y Circulación Vial, quien mani fi esta que, por comunicado de la Gerencia Municipal se dispone la movilización de todos los bienes, en un período mínimo de tiempo para llevar a cabo la ejecución del proyecto del nuevo mercado modelo; que se puede evidenciar la precariedad y constantes incidentes a lo largo del tiempo mientras funcionaba como un presunto Depósito Municipal Vehicular el lugar denominado “ex piscina municipal”, no contando con la debida autorización para el funcionamiento como tal, ni con el equipamiento necesario tales como cámaras de videovigilancia, seguridad en las puertas de ingreso, falta de estadía del responsable del personal a cargo, entre otros. Que, el Informe Legal Nº 028-2023-MPCH/OGAJ, de fecha 09 de febrero de 2023, la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto al inmueble para funcionamiento del Depósito Municipal de Vehículos de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, en atención al mediante Informe Nº 000016-2023-MPCH/GUT, de fecha 06 de enero de 2023, el Gerente de Urbanismo y Transportes, en el mismo que, después de su análisis sobre el informe, concluye que, en cumplimiento a la normativa, resulta procedente la emisión de un Decreto de Alcaldía. En uso de las facultades establecidas en el segundo párrafo del Artículo 39º, concordante con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETAArtículo Primero.- DISPÓNGASE la creación del Depósito O fi cial Municipal de Vehículos (DMV) de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, en el inmueble ubicado el Jr. Cristo Rey cuadra 1 s/n – Chachapoyas, I.E. Nº 18353 José Humberto Marín Jiménez (Ex Escuelita Municipal) -con e fi cacia anticipada desde el 03 de enero de 2023-, para la custodia de bienes incautados o internamiento de vehículos que hayan infringido el ordenamiento jurídico vigente; lugar a donde deberán trasladarse la totalidad de los bienes que se encuentran en el inmueble ubicado en el Jr. Unión Cdra. Nº 01 – Chachapoyas”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Urbanismo y Transportes y demás Gerencias y Áreas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para que a su vez, a través de la O fi cina de Tecnologías de la información la publicación del presente Decreto de Alcaidía en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, de acuerdo al Artículo 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la noti fi cación y la difusión del presente decreto para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PERCY ZUTA CASTILLO Alcalde 2165944-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 054-2023-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 30 de enero de 2023 VISTOS: El Informe Nº 000004-2023-MPCH/OGPP de la Gerente de Administración Tributaria y el Informe Nº 000001-2023-MPCH/GAT-SGEC, de la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva; y,