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21 NORMAS LEGALES Sábado 15 de abril de 2023 El Peruano / VISTOS: el Informe N° 0039-2023-MTPE/4/12 de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 0422-2023-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0379-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias exclusivas y competencias compartidas con los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como las funciones y estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 122-2010- TR se aprueba el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modi fi cado mediante Resolución Ministerial N° 151-2012-TR, Resolución Ministerial N° 063-2014-TR, Resolución Ministerial N° 336-2016-TR, Resolución del Secretario General N° 017-2018-TR/SG, Resolución del Secretario General Nº 021-2018-TR/SG, Resolución del Secretario General Nº 061-2019-TR/SG, Resolución del Secretario General N° 058-2020-TR/SG, Resolución del Secretario General N° 0007-2021-TR/SG y Resolución del Secretario General N° 067-2022-TR/SG; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2019-SERVIR/PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil declara iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 308-2019- TR, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo. Este instrumento de gestión contiene una organización actualizada y acorde con la normatividad vigente, así como con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, a través de la cual se prevé reducir las de fi ciencias en el desempeño que impactan en el público objetivo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en la competitividad del sector y busca orientar a que las entidades de los tres niveles de gobierno actúen de manera articulada y consistente en dirección de mejorar el desempeño del Sector; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya fi nalidad es que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos; Que, de conformidad con el literal c) del numeral 5.1. Defi niciones del acápite 5. Disposiciones Generales de la mencionada directiva, el Manual de Clasi fi cador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, los párrafos 6.1.7 y 6.1.10 de la citada directiva establecen que la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe elevar la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos al titular de la entidad, entendido como la máxima autoridad administrativa de la misma, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, en lo concerniente al ámbito de sus competencias. De obtener la validación, el titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; Que, mediante el documento de vistos, la O fi cina General de Recursos Humanos remite para aprobación, la propuesta de modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos, la misma que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo a lo establecido en el inciso i) del artículo 30 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobada por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar la modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en concordancia con su estructura orgánica vigente; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 003-2023-TR, Delegan determinadas facultades y atribuciones en funcionarios del Ministerio durante el Ejercicio Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Clasi fi cador de Cargos, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 122-2010-TR y modi fi catorias, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y su anexo, se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN F. HERRERA NOBLECILLA Secretario General 2169352-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional DECRETO SUPREMO Nº 005-2023-MTC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Público Descentralizado, encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y fi nanciera; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2005-MTC, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la APN que comprende los procedimientos administrativos que se siguen ante la mencionada entidad;