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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (15/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 15 de abril de 2023 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Disponen la prepublicación del proyecto de directiva denominado: “Lineamientos para la conservación y almacenamiento de documentos archivísticos digitales” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000087-2023-AGN/JEF Lima, 14 de abril de 2023 VISTOS, el Informe Nº 000041-2023-AGN/DDPA- AINA, de fecha 10 de marzo de 2023, del Área de Investigación y Normas Archivísticas de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas; el Informe Nº 000160-2023-AGN/SG-OAJ, de fecha 13 de abril de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura en concordancia con lo prescrito en la Ley Nº 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos, establecen que el Archivo General de la Nación, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura que se encarga de conducir el Sistema Nacional de Archivos en su condición de órgano rector y central; Que, el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación (en adelante, ROF), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2018-MC, establece que “la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas está encargada de proponer las políticas y normas relativas a los procesos archivísticos” . En tanto, el inciso a) del artículo 23 de la citada norma, establece que son funciones de la Dirección Desarrollo de Políticas Archivísticas “elaborar propuestas de políticas y normas relativas a los procesos archivísticos” ; Que, a través del literal a del numeral 1.13 de la Resolución Jefatural Nº 028-2021-AGN/J, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 6 de abril de 2021, se asigna al Área de Investigación y Normas Archivísticas, dependiente de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, la función de proponer políticas y normas conducentes al desarrollo archivístico mediante anteproyectos para los integrantes del Sistema Nacional de Archivos; Que, mediante el Informe Nº 000041-2023-AGN/DDPA- AINA, el Área de Investigación y Normas Archivísticas de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas propone un proyecto de directiva denominado: “Lineamientos para la conservación y almacenamiento de documentos archivísticos digitales” para consulta pública en el Diario El Peruano y la sede digital del Archivo General de la Nación, con la fi nalidad de recabar opiniones, comentarios, aportes y sugerencias por parte de las entidades públicas, ciudadanía e interesados, en atención a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, a través del Informe Nº 000160-2023-AGN/ SG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que en el marco de lo establecido por el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta pertinente disponer la prepublicación de la propuesta, a fi n de que las personas interesadas formulen comentarios, opiniones y/o sugerencias sobre la directiva, conforme a lo dispuesto por el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, y sus modi fi catorias; Con los visados de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del AGN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2018-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de directiva denominado: “Lineamientos para la conservación y almacenamiento de documentos archivísticos digitales”. Dicha prepublicación se realizará en el portal institucional del AGN (www.agn.gob.pe), a fi n de conocer las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución jefatural en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Precisar que las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se reciban acerca del proyecto de directiva deben ser remitidos por escrito al AGN, sito en Jirón Camaná 125 y Pasaje Piura s/n - Cercado de Lima; a la dirección electrónica del Área de Investigación y Normas Archivísticas de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas del AGN (aina@agn.gob.pe) y/o a la mesa de partes digital del AGN (https://mesadepartes.agn.gob.pe:8171/ ) Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO ARTURO MOREAU HEREDIA Jefe Institucional 2169070-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL a favor de diversas Unidades Ejecutoras para el financiamiento de prestaciones de salud y prestaciones administrativas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000053-2023-SIS/J La Victoria, 14 de abril del 2023VISTOS: El O fi cio N° 323-2023-SIS-FISSAL/J del Fondo Intangible Solidario de Salud; el Informe Conjunto N° 008-2023-SIS-FISSAL/DIF-CRRM-AALL con Proveído N° 085-2023-SIS-FISSAL/DIF de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Informe N° 017-2023-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL; el Informe Nº 083-2023-SIS-FISSAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL; el Memorando N° 000763-2023-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y el Informe Legal N° 000165-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, indica que: “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”;