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17 NORMAS LEGALES Jueves 20 de abril de 2023 El Peruano / - Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Andrés Miguel Herrera Rodríguez, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, el 30 de abril de 2023; y, - Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Héctor Israel Vera Peñaranda, como Coordinador Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores, con e fi cacia anticipada, el 28 de febrero de 2023. Artículo 2.- Designar ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a partir del 1 de mayo de 2023, a los siguientes funcionarios diplomáticos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guido Octavio Toro Cornejo, Director General para Asuntos Culturales, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Pablo Enrique Jesús Albarracín Borda, Asesor de la Dirección General para Asuntos Culturales, como Coordinador Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2170489-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Modifican Anexos de la Resolución Ministerial N° 121-2011- TR, que aprueba la información de la Planilla Electrónica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2023-TR Lima, 19 de abril de 2023VISTOS: el Memorando N° 0433-2023-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo, el Memorando N° 0330-2023-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Proveído N° 1226-2023-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 0282 -2023-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Memorando N° 0380-2023-MTPE/4/13 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído N° 0941-2023-MTPE/4/13 de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y el Informe N° 0366-2023-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece la competencia exclusiva y excluyente del referido Ministerio, en materia sociolaboral, derechos fundamentales en el ámbito laboral, relaciones de trabajo, entre otros; Que, el artículo 5 de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, establece que, en la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales que se desarrolla en el nivel centralizado, los acuerdos alcanzados tienen efectos para todos los trabajadores de las entidades públicas al que hace mención el artículo 2 de la citada ley;Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, establece que la Autoridad Administrativa de Trabajo implementa un registro de a fi liación sindical de trabajadores estatales, a través de un aplicativo en línea que facilite el proceso; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 018-2007- TR, que establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, elabora y aprueba mediante resolución ministerial la información de la planilla electrónica, las tablas paramétricas y la estructura de los archivos de importación, así como los instrumentos que resulten necesarios para el uso de la Planilla Electrónica; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 121-2011- TR, se aprueba la información de la planilla electrónica, las tablas paramétricas y la estructura de los archivos de importación, y se dictan medidas complementarias; Que, en el tercer párrafo de la cláusula Décimo Octava del Convenio Colectivo a Nivel Centralizado 2022-2023, suscrito entre la Representación Empleadora del Estado Peruano y la Representación Sindical Integrada por las Confederaciones Estatales CITE-CTE-UNASSE en la Comisión Negociadora encargada de la Negociación Colectiva a Nivel Centralizado, las partes acuerdan proponer al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (para la gestión operativa) la inclusión en la planilla electrónica de los campos que permitan identi fi car el sindicato, la federación y la confederación a los que está a fi liado cada servidor público, con el fi n de facilitar el control de pago de la cuota sindical y determinar la representatividad de las organizaciones sindicales, según el respectivo marco normativo; Que, teniendo en cuenta el marco normativo expuesto, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que modi fi que los anexos de la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR, que aprueba la información de la planilla electrónica, a fi n de incluir campos en la planilla electrónica que permitan identi fi car a las organizaciones sindicales y sus a fi liados; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Trabajo, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente Resolución Ministerial tiene por objeto modi fi car los Anexos de la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR, que aprueba la información de la Planilla Electrónica, incorporando información en la planilla electrónica, las tablas paramétricas y la estructura de los archivos de importación, conforme se establece en el artículo 2. Artículo 2.- Modi fi cación de los Anexos 1, 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR, que aprueba la información de la Planilla Electrónica Modi fi car los Anexos 1, 2 y 3 aprobados por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR, que aprueba la información de la Planilla Electrónica, de la siguiente manera: