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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (20/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 20 de abril de 2023 El Peruano / 2.1. Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica Incorporar en el numeral 2.2.7, denominado “Indicador de sindicalizado”, lo siguiente: a) 2.2.7.1. Código de identi fi cación de la Organización Sindical de Servidores Públicos a la que se encuentra el/la trabajador/a a fi liado/a, así como la a fi liación a una Organización Sindical de grado superior. b) 2.2.7.2. Fecha de A fi liación de la trabajadora/o a la Organización Sindical de Servidores Públicos. c) 2.2.7.3. Fecha de Desa fi liación del trabajador/a de la Organización Sindical de Servidores Públicos. 2.2. Anexo 2: Tablas ParamétricasIncorporar la Tabla N° 37, denominada “Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos”, que contiene los siguientes campos: 2.2.1. Código de la Organización Sindical de Servidores Públicos. 2.2.2. Nombre de la Organización Sindical de Servidores Públicos. 2.2.3. Código de la Organización Sindical de Servidores Públicos de Orden Superior. 2.2.4. Nivel de la Organización Sindical de Servidores Públicos. 2.2.5. RUC del Empleador. 2.3. Anexo 3: Estructura de los Archivos de ImportaciónIncorporar la Estructura 31, denominada “Datos de Afi liación a una Organización Sindical de Servidores Públicos”, que contiene lo siguiente: ESTRUCTURA 31: “Datos de A fi liación a una Organización Sindical de Servidores Públicos” Para importar al T-Registro la a fi liación de los trabajadores a una Organización Sindical de Servidores Públicos, la entidad pública empleadora, elabora un archivo con el siguiente nombre: Nombre del archivo: RP_###########.aos, quedando la estructura de la siguiente manera: N° Descripción TipoLongitud máximaObservaciones 1Tipo de documento de identidadTexto 2Ver tabla 3. Solo tipo 01 - DNI, 04 - Carné de Extranjería, 07 - Pasaporte, 09 - Carné de Solicit. de Refugio, 22 - Carné de indent. - RR EE, 23 - Carné PTP y 24 - Documento de Identidad Extranjero. 2N° de documento de identidadTexto 15 3País emisor del documentoTexto 3Observación: ver tabla 26. Obligatorio para los tipos de documento 07 - Pasaporte y 24 - Documento de identidad Extranjero. 4 Categoría Texto 1Solo aplica para la categoría: 1: Trabajador. 5Código de la Organización Sindical de Servidores Públicos a la que se encuentra el/la trabajador (a) a fi liado (a).Texto 8Ver Tabla N° 37, denominada: “Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos”. 6Fecha de A fi liación del trabajador (a) a la Organización Sindical.Fecha --- En formato dd/mm/aaaa 7Fecha de Desa fi liación de la Organización Sindical del trabajador (a)Fecha --- En formato dd/mm/aaaa Artículo 3.- Obligatoriedad del Registro de Información Las entidades públicas empleadoras declaran la información a que se re fi ere el artículo 2.Artículo 4.- Padrón de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos El Ministerio de Trabajo y Promoción Empleo, remite a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, la información actualizada del listado de las organizaciones sindicales de servidores públicos desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, de manera semanal. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación de la presente resolución ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Implementación El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, implementa las disposiciones contenidas en el artículo 2 de la presente resolución ministerial en un plazo de hasta noventa días calendario, contados desde su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Concluido el plazo, la entidad pública empleadora debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 3 de la presente resolución ministerial. Segunda.- Plazo de adecuación para las Entidades Públicas Para ingresar la información de a fi liación sindical de los trabajadores ya registrados en la planilla electrónica antes de la vigencia de la presente Resolución Ministerial, la O fi cina de Recursos Humanos o la dependencia que haga sus veces de la entidad pública empleadora tiene plazo hasta el 30 de septiembre del presente año. Tercera.- Normas complementarias El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprueba normas complementarias que establezcan disposiciones operativas que comprenden la remisión, codifi cación, traslado y actualización permanente de la información a las entidades y unidades orgánicas competentes, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO ADRIANZÉN OJEDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2170386-1 Designan Director de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171-2023-TR Lima, 19 de abril de 2023VISTOS: el Memorando N° 0343-2023-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorando N° 0691-2023-MTPE/4/12 de la O fi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° 0402-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a, Nivel F-3, de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo de la Dirección General de Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe a la persona que asumirá dicho cargo;