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13 NORMAS LEGALES Domingo 30 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área afectada del inmueble para la ejecución de la obra: Red Vial Nº 6: Tramo Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la Carretera Panamericana Sur, y, el valor de la Tasación, ascendente a la suma de S/ 2 426,59 (DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS Y 59/100 SOLES) correspondiente al área afectada del inmueble con código PCRV6-ST05-CHI-043, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área afectada del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área afectada del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del bien inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área afectada del bien inmueble expropiado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE UN (01) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6: TRAMO: PUENTE PUCUSANA – CERRO AZUL – ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR. NºSUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES• AGRIPINA ZENAS CASTILLON DE CUEVA • VICTOR DANIEL CUEVA DE LA CRUZCÓDIGO: PCRV6-ST05-CHI-043 ÁREA AFECTADA: 118.95 m 2 (0.0119 ha.)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 2 426,59LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: No presenta Colindancias (Vértice A) Por el Sur: Colinda con la U.C. 09094, predio inscrito en la Partida Nº 11005824 del Registro de Predios de Chincha y la carretera Panamericana Sur, mediante una línea recta que va del vértice C al D, y mide 13.36 metros . Por el Este: Colinda la U.C. 09093, predio inscrito en la Partida Nº 11005758 del Registro de Predios de Chincha, mediante una línea quebrada de dos (2) tramos, que va del vértice A al C, y mide en total 19.05 metros. Por el Oeste: Colinda con la U.C. 09285, y la carretera Panamericana Sur, mediante una línea recta que va desde el vértice D al A, que mide 19.29 metros.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 4.26 372422.9211 8499996.0800B B-C 14.79 372424.4158 8499992.0903 C C-D 13.36 372430.0802 8499978.4279 D D-A 19.29 372416.7297 8499977.8103 PARTIDA ELECTRÓNICA: Nº 11005758 del Registro de Propiedad Inmueble de la O ficina Registral de Chincha, Zona Registral Nº XI – Sede Ica. INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL: Informe de Veri ficador Catastral Nº 049-2023-VDSS de fecha 31.03.2023. 2173743-1