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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (30/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 30 de abril de 2023 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO:El Informe N° 055-2023-GATR/MDC, de fecha 25 de abril de 2023, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Memorándum N° 255-2023-GM/MDC, de fecha 25 de abril de 2023, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 117-2023-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum N° 256-2023-GM/MDC, de fecha 25 de abril de 2023 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada mediante Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción el ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario (…); Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 351-2023- MDC, se aprobó el monto mínimo del impuesto predial, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales e incentivos por pronto pago para el ejercicio 2023 y las actualizaciones de datos con carácter de declaración jurada, la misma que establece fechas de pago para el otorgamiento de diversos incentivos a los contribuyentes del distrito de Cieneguilla; Que, el Artículo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013- EF y sus modi fi catorias, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogada con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Informe Nº 055-2023-GATR/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, propone prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de impuesto predial, arbitrios municipales, actualización de datos e incentivos tributarios, a efectos de otorgar a los contribuyentes mayores posibilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, mediante Memorándum N° 255-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la opinión legal correspondiente, para continuar con el trámite; Que, mediante Informe N°117-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye con opinión favorable para la emisión del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 351-2023-MDC, por encontrarse acorde al marco normativo vigente sobre la materia; Que, con Memorándum N° 256-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal solicita a Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía para ser suscrito por el Titular de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, desde el 01 mayo hasta el 31 de mayo de 2023, la fecha de vencimiento del Impuesto Predial Anual (pago al contado), así como de la primera cuota del impuesto predial (pago fraccionado) establecida en el ARTÍCULO TERCERO de la Ordenanza N° 351-2023-MDC. Artículo Segundo.- PRORROGAR, desde el 01 mayo hasta el 31 de mayo de 2023, la fecha de vencimiento de los Arbitrios Municipales establecida en el ARTÍCULO CUARTO de la Ordenanza N° 351-2023-MDC. Artículo Tercero.- PRORROGAR, desde el 01 de mayo hasta el 31 de mayo de 2023, la fecha de vencimiento de la obligatoriedad de presentación de la actualización de datos, establecida en el ARTÍCULO SEXTO de la Ordenanza Nº 351-2023MDC. Artículo Cuarto.- PRORROGAR, las fechas de pagos del régimen de incentivos establecidos en el ARTÍCULO SÉTIMO de la Ordenanza Nº 351- 2023-MDC, de acuerdo a lo siguiente: INCENTIVO FECHA LÍMITE DE CANCELACIÓN B Desde el 01 de mayo hasta el 31 de mayo de 2023 C Desde el 01 de mayo hasta el 31 de mayo de 2023 D Desde el 01 de mayo hasta el 31 de mayo de 2023 Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, el cumplimiento del presente decreto. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario o fi cial El Peruano, a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la respectiva difusión y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación para que cumpla con realizar la publicación del presente dispositivo en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad. .Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 2173442-1 Prorrogan vigencia de los Beneficios Tributarios establecidos en la Ordenanza N° 352-2023-MDC DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2023-MDC Cieneguilla, 26 de abril de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO:El Informe N° 056-2023-GATR/MDC, de fecha 25 de abril de 2023, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Memorándum N° 257-2023-GM/MDC, de fecha 25 de abril de 2023, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 116-2023-MDC/GAJ, de fecha 25 de abril de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 258-2023-GM/MDC, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario (…); Que, mediante Ordenanza Nº 352-2023-MDC, se aprueba los bene fi cios tributarios en el distrito de Cieneguilla, para el pago de la deuda vencida de años anteriores al año 2023, correspondiente al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales, así como la deuda determinada en un proceso de fi scalización o mediante la regularización voluntaria de la correspondiente Declaración Jurada; Que, mediante Informe Nº 056-2023-GATR/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas,