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20 NORMAS LEGALES Domingo 30 de abril de 2023 El Peruano / testimoniales en el marco del Arbitraje Internacional, conforme a las coordinaciones para la defensa del Estado peruano efectuadas con el estudio de abogados internacional que representa a la República del Perú; Que, de otro lado, la participación de la SUNAT en la citada diligencia se encuentra alineada con el Objetivo Estratégico OEI.01, consistente en mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, AEI.01.14 – Defensa jurídica e fi caz de los intereses del Estado, del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018-2025 de la SUNAT; Que, siendo de interés para la defensa del Estado peruano la participación presencial de los citados servidores, conforme a los Informes Técnicos adjuntos al Memorándum Electrónico N° 00023-2023-700000 y al Memorándum Electrónico N° 00010-2023-1X0000, de fechas 21 y 24 de abril de 2023, respectivamente, resulta necesario autorizar la participación en la citada Audiencia de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil, Supervisora de la División de Reclamaciones IV de la Gerencia de Análisis de Fondo de Tributos I de la Intendencia Nacional de Impugnaciones y Colón Haraldo Cruz Negrón, Especialista 5 de la O fi cina de Integración de Programas y Proyectos Institucionales; Que, según lo mani fi esta la Presidenta de la Comisión Especial, para sus intervenciones en la Audiencia Presencial se requiere que los citados servidores participen en las sesiones de trabajo preparatorias que se llevarán a cabo del 2 al 9 de mayo de 2023 tratándose de la servidora Claudia Gabriela Bedoya Arbañil, y del 4 al 10 de mayo de 2023 en el caso del señor Colón Haraldo Cruz Negrón; Que, la Vigésimo Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que, durante dicho año fi scal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en la citada Ley, no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras, y las acciones de promoción de importancia para la República del Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, dispone que la SUNAT, mediante resolución de superintendencia, autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, en atención al itinerario, corresponde autorizar el viaje de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil del 1 al 10 de mayo de 2023 y Colón Haraldo Cruz Negrón del 3 al 12 de mayo de 2023; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos, serán asumidos por la SUNAT, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT y, en uso de la facultad conferida por el literal m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil, del 1 al 10 de mayo de 2023, y Colón Haraldo Cruz Negrón del 3 al 12 de mayo de 2023, para que participen en las sesiones de trabajo preparatorias y en la Audiencia Presencial, en relación con el arbitraje internacional iniciado por la empresa Freeport-McMoran Inc. contra la República del Perú – Caso CIADI N° ARB/20/08, que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán asumidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, con cargo a su presupuesto de 2023, de acuerdo con el siguiente detalle: Señora Claudia Gabriela Bedoya ArbañilPasajes (incluye TUUA) US $ 1 647,94 Viáticos US $ 3 960,00 Señor Colón Haraldo Cruz NegrónPasajes (incluye TUUA) US $ 1 486,24 Viáticos US $ 3 520,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados servidores deberán presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los servidores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2173142-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente al periodo 2024-2026 RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 074-2023-SUNARP/SN Lima, 28 de abril de 2023VISTO, el Memorándum Nº566-2023-SUNARP/OPPM del 28 de abril de 2023, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Técnico Nº004-2023-SUNARP/OPPM/UPL del 28 de abril del 2023; y, el Informe Nº378-2023-SUNARP/OAJ del 28 de abril del 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio Justicia y Derechos Humanos; ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídica registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, de acuerdo con lo establecido en el punto 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto