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45 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / artículo 47° del Decreto Legislativo 1440 establece que: “Las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano”; Que, mediante Informe N° 148-2023-MDSMM/GAJ de fecha 11 de julio de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobados mediante resolución del titular, quien puede delegar dicha facultad conforme lo señalada el numeral 47.2 del artículo 47° del Decreto Legislativo 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20 y el artículo 43 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1.- AMPLIAR la DELEGACIÓN DE FACULTADES en materia administrativa al GERENTE MUNICIPAL de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar facultándolo a: realizar las aprobaciones de las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2023, incluido sus Anexos, a propuesta de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática; así como aquellas que se requieran en el período de regularización; conforme a las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo 2.- DISPONER que las acciones que realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la respectiva Resolución de Alcaldía, deben ser efectuadas con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, debiendo de dar cuenta de las acciones tomadas al titular. Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la República y la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución de Alcaldía a la parte interesada y a las Unidades Orgánicas competentes para los fi nes correspondientes y; disponer su PUBLICACIÓN en el Diario O fi cial el Peruano y en Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar: www.munisantamariadelmar.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO MONTEVERDE CERRUTTI Alcalde 2199547-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS Declaran Día Cívico Religioso No Laborable en la jurisdicción de Chachapoyas, el día martes 15 de agosto de 2023 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2023-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 3 de agosto del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, detalla que; “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que; “La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.”; asimismo el numeral 6) de su artículo 20°, señala como una de las atribuciones que tiene el Alcalde la de: “Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.”; en tanto, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, somos testigos del fervor durante la Fiesta Patronal de la Virgen Asunta, que se celebra cada año, donde la espiritualidad y el jolgorio se unen entre sí para rendirle un sincero homenaje a la “Mamá Asunta”, siendo el 15 de agosto el Día Central de nuestra celestial Patrona, Reina y Madre de la Fidelísima Ciudad San Juan de la Frontera de los Chachapoyas; conmemorando este año el 71º Aniversario de la Coronación Canónica Ponti fi cia, realizado por el Venerable Monseñor Octavio Ortiz Arrieta en nombre del Papa Pio XII el 15 de agosto de 1952 en la Plaza de nuestra Ciudad; Por lo expuesto; y de conformidad y uso de sus atribuciones conferidos en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETAArtículo Primero.- DECLARAR DÍA CÍVICO RELIGIOSO NO LABORABLE en la jurisdicción de Chachapoyas, el DÍA MARTES 15 DE AGOSTO DE 2023, día central festivo del 71° Aniversario de la Coronación Canónica Ponti fi cia de la Virgen Asunta, Celestial Patrona, Reina y Madre de la Fidelísima Ciudad San Juan de la Frontera de los Chachapoyas. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de las Instituciones Públicas y Privadas, y público en general, para los fi nes convenientes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas la difusión del presente Decreto de Alcaldía para conocimiento de la población. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la noti fi cación del presente Decreto, para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ZEYDI VALDEZ RUIZ RegidoraEncargada del Despacho de Alcaldía 2202972-1