TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / Determinados, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 551: Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, no resulta aplicable la Directiva N° 010-2021-CO-UNISCJSA. Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario O fi cial el Peruano. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Docente Investigador debe presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5.- NOTIFICAR la presente Resolución los miembros de la Comisión Organizadora, Dirección General Administración, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, al Mg. Daniel Martín Álvarez Tolentino y a los órganos y unidades orgánicas pertinentes de la UNISCJSA, para conocimiento y fi nes. Artículo 6.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MARÍA LUZ ORTIZ DE AGUI Comisión OrganizadoraPresidente CARLOS ERIK BAUMANN APAC Secretario General 2202226-1 Autorizan duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación expedido por la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN Nº 0506-2023-R-UNE Chosica, 23 de febrero del 2023VISTO el Formato Único de Trámite Nº 0056017, del 23 de noviembre del 2022, mediante el cual doña JULIA REBECA CASTILLO IGUAVIL solicita el duplicado de diploma del grado de bachiller, por pérdida del original. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 3544-2019-R-UNE, del 13 de noviembre del 2019, se aprueba la Directiva Nº 021-2019-R-UNE - EMISIÓN DE DUPLICADOS DE DIPLOMAS DE GRADOS ACADÉMICOS, TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO Y TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL; Que con O fi cio Nº 0096-2023-DR/VR-ACAD, del 03 de febrero del 2023, la Directora (e) de Registro informa al Vicerrector Académico que doña JULIA REBECA CASTILLO IGUAVIL ha obtenido el Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación, fi gurando con el Nº de Registro B.C.E. 0622-2018 y en el Folio 000311-B, conforme se precisa en los libros que obran en el archivo físico; Que mediante O fi cio Nº 0131-2023-VR-ACAD, del 03 de febrero del 2023, el Vicerrector Académico comunica a la Rectora la atención correspondiente y remite el referido expediente, para que el Consejo Universitario determine al respecto; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en su sesión ordinaria virtual realizada el 22 de febrero del 2023; y, En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 59º y 60º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, concordante con los artículos 19º, 20º y 23º del Estatuto de la UNE, y los alcances de la Resolución Nº 1138-2021-R-UNE;SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación expedido por la UNE, por pérdida del original, a favor de doña JULIA REBECA CASTILLO IGUAVIL, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa. Artículo 2º.- DISPONER que la Dirección de Registro efectivice las acciones complementarias, en atención a lo establecido en el artículo precedente y en la Resolución Nº 3544-2019-R-UNE. Artículo 3º.- DAR A CONOCER a las instancias pertinentes los alcances de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIDA VIOLETA ASENCIOS TRUJILLO Rectora ANITA LUZ CHACÓN AYALA Secretaria General (e) 2202368-1 Autorizan viaje de Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, a Paraguay, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1135-2023-R-UNA Puno, 17 de mayo del 2023VISTOS:El OFICIO N° 0430-2023-J-OCRI-UNA/P (15-05- 2023), cursado por el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la UNA-PUNO; y, el MEMORANDUM N° 401-2023-SG-UNA-PUNO (17-05-2023) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de viaje a la ciudad de ASUNCIÓN - PARAGUAY, del Vicerrector de Investigación, Dr. ARIEL ROGELIO VELAZCO CARDENAS, con fi nes de asistir a la 46ava convocatoria del PME-CRISCOS; CONSIDERANDO:Que, el Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), ha comunicado la realización de la Reunión de Coordinadores del Programa de Movilidad Estudiantil – CRISCOS, 46ava Convocatoria, programado para los días 24 y 25 de mayo del 2023, con sede en la ciudad de ASUNCIÓN - PARAGUAY; Que, por consiguiente, siendo la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, parte integrante del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), se hace necesaria la participación de esta Casa Superior de Estudios, representado por el Vicerrector de Investigación, Dr. Ariel Rogelio Velazco Cardenas; Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que