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36 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / Artículo Cuarto.- La rendición de cuentas deberá realizarse conforme lo establece la Ley 27619 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 047-2002-PCM. Artículo Quinto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Sexto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, los funcionarios informarán sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en el evento antes mencionado. Artículo Séptimo.- COMUNICAR la presente resolución a los comisionados, señores magistrados Francisco Humberto Morales Saravia y Helder Domínguez Haro, a los magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, y a las O fi cinas Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional, para los fi nes de ley. Regístrese, publíquese y comuníquese.FRANCISCO MORALES SARAVIA Presidente 2203283-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2026 Ampliado del Gobierno Regional de Ucayali RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 280-2023-GRU-GR Pucallpa, 17 mayo de 2023VISTO: El INFORME Nº 019-2023-GRU/RPP/SGPE/ RRVC de fecha 24 de marzo de 2023, y demás actuados adjunto, mediante el cual la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística, solicita la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019-2022 del Gobierno Regional de Ucayali, al año 2026; y. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi caciones, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y demás normas complementarias. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - Ceplan, como Órgano Rector y Orientador del Sistema Nacional de Planeamiento. Que, por Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM de fecha 27 de julio de 2022, se aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, disponiendo su tercera disposición complementaria fi nal que todas las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, articularan sus planes Estratégicos a los Objetivos Nacionales, Objetivos Especí fi cos y a las Acciones Estratégicas del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2023-GRU- CR de fecha 09 marzo de 2023, se aprobó el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali 2023-2033, documento de gestión referente para, entre otros, los Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales que sean elaborados en el ámbito territorial del Departamento de Ucayali. Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016-2019/CEPLAN/PCD de fecha 25 de marzo de 2019, se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional en el marco del ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua. Que, mediante Decreto Supremo Nº 164-2021- PCM, se aprobó la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026 que contiene los ejes, lineamientos prioritarios y líneas de intervención, orientan el desarrollo y actualización de políticas nacionales, planes e intervenciones gubernamentales; y se encuentran en concordancia con la Políticas de Estado. Que, el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de Ucayali, constituye un instrumento orientador de la política institucional, que contiene la misión institucional, objetivos estratégicos institucionales, acciones estratégicas institucionales, indicadores y ruta estratégica; y como tal, es una herramienta técnica para la gestión de apoyo, para mejorar el desempeño del gasto público y facilitar su seguimiento en la ejecución de las metas propuestas que hacen viable el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2033, por lo cual amerita la formulación en base al Plan de Desarrollo Regional Concertado vigente. Que, mediante O fi cio Múltiple Nº D000003-2023- CEPLAN-PCD, de fecha 09 de febrero de 2023, la Presidencia del Consejo Directivo, comunica que “Los pliegos que cuenten con un Plan Estratégico Institucional con la estructura establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional, pueden ampliar su temporalidad (…) de manera excepcional, por única vez y solo con la fi nalidad de dar cobertura al POI Multianual 2024-2026 podrá solicitar la ampliación (…)” Que, mediante correos institucionales de fechas 14 de febrero y 01 de marzo de 2023, la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística, solicita a CEPLAN, la ampliación del horizonte temporal del PEI 2019-2022 del Gobierno Regional de Ucayali, al año 2026, requiriendo el informe técnico de veri fi cación y validación respectivo. Que, mediante O fi cio Nº D000129-2023-CEPLAN- DNCP de fecha 02 de marzo de 2023, CEPLAN remite el Informe Técnico Nº D000014-2023-CEPLAN-DNCPPEI que concluye que el Plan Estratégico Institucional 2019-2026 ampliado, cumple con lo requerido en la normativa vigente; por lo que se recomienda continuar con los trámites correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 260-2023-GRU-GR de fecha 08 de mayo de 2023, con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística, y O fi cina Regional de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2026 Ampliado del Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Ejecutiva Regional a los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, y a la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ejecutiva Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) Regístrese y comuníquese. JENNY GIOVANA REYNA GARRIDO Gobernador Regional (e) 2181154-1