Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (19/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 19 de agosto de 2023 El Peruano / Nombrar como presidente y directores a las siguientes personas: N° NOMBRES EMPRESA (1)CARGOPRESENTADO (2) 1MODESTO TOMÁS PALMA GARCÍAELECTROPUNO PRESIDENTE MINEM 2JUAN FRANCISCO ROJAS LEOSEDAPAL DIRECTOR MVCS 3MAFALDA ELIZABETH LAZO COSSIAGROBANCO DIRECTORA MEF 4EDUARDO CARLOS IBARRA SANTA CRUZFAME DIRECTOR MEF (1) ELECTROPUNO S.A.A.: Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. / SEDAPAL: Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima / AGROBANCO.: Banco Agropecuario / FAME SAC: Fábrica de Armas y Municiones del Ejército S.A.C. (2) MINEM: Ministerio de Energía y Minas / MVCS: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento / MEF: Ministerio de Economía y Finanzas Lima, 17 de agosto de 2023 BETTY SOTELO BAZÁN Directora Ejecutiva 2206559-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen medidas administrativas en el Distrito Judicial de Cusco Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000342-2023-CE-PJ Lima, 18 de agosto del 2023VISTOS:El O fi cio N° 000259-2023-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe N° 000117-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Corte Superior de Justicia de Cusco solicita la redistribución de la carga procesal de investigación preparatoria del ex Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Santa Teresa, Maranura y Huayopata, en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria de Maranura, hacia los Juzgados de Investigación Preparatoria de Santa Ana, provincia de La Convención, y la ampliación de competencia territorial de dichos juzgados hacia los distritos de Santa Teresa, Huayopata y Maranura. Segundo. Que, de acuerdo a la evaluación realizada por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Informe N° 000117-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, con el fi n de salvaguardar los principios procesales, se concluye que la medida administrativa de ampliación de competencia territorial de los Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, para el conocimiento de los procesos provenientes de los distritos de Santa Teresa, Huayopata y Maranura, resulta acertada; debido a su cercanía con el distrito de Santa Ana. Tercero. Que, en consecuencia, por lo expuesto en el mencionado informe, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan una adecuada reforma procesal penal; con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 1288-2023 de la trigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Cusco: 1.1 Ampliar la competencia territorial de los Juzgados de Investigación Preparatoria Permanente y Transitorio, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, para el conocimiento de los procesos penales provenientes de los distritos de Santa Teresa, Huayopata y Maranura. 1.2 Disponer que el Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de Investigación Preparatoria, distrito de Vilcabamba, provincia de La Convención, dejará de tener competencia territorial en los distritos de Santa Teresa, Huayopata y Maranura. 1.3 Redistribuir de manera equitativa y aleatoria toda la carga procesal de la función investigación preparatoria de los distritos de Santa Teresa, Huayopata y Maranura del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Vilcabamba, provincia de La Convención, al Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente y Transitorio del distrito de Santa Ana, provincia de La Convención. 1.4 Disponer que los expedientes autorizados para redistribución en la presente norma deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, realicen las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especi fi cado. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina de Productividad Judicial deberá coordinar con la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, respecto a las propuestas que involucren a órganos jurisdiccionales penales. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en tanto sea de su competencia, tomar las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de