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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (25/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Res. Nº 341-2023-GOB.- Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio Público 43 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Acuerdo Nº 083-2023-CR/GOB.REG. TACNA.- Autorizan transferencia financiera a la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna 46 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA D.A. Nº 014.- Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima 47 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA D.A. Nº 004-2023-MDPH.- Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa respecto a los procedimientos administrativos 1, 3, 5 y 7 de la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión de Riesgo de Desastres 49PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ordenanza Nº 012-2023-MDCLR.- Ordenanza que conforma la Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, METRAPAM - Carmen de la Legua Reynoso 49 Acuerdo Nº 034-2023-MDCLR.- Aprueban y autorizan viaje de representantes de la Municipalidad a Brasil, en comisión de servicios 51 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA D.A. Nº 006-2023-MDLP .- Aprueban el Reglamento para la Prevención y Control de Ruido en el distrito de La Perla 52 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS Ordenanza Nº 263-MPCH.- Ordenanza que aprueba el área de la vía pública delimitada por la autorización municipal y la tasa del estacionamiento temporal vehicular en el distrito de Chachapoyas 53 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza Nº 025-2023-MDSA.- Aprueban el Plan de acción distrital de seguridad ciudadana 2023 del distrito de San Antonio 60 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean la “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Caylloma del departamento de Arequipa” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 08-2023-PCM/SD Lima, 23 de agosto de 2023VISTOS:El Memorando N° D000382-2023-PCM-SSARL y el Informe Nº D00015-2023-PCM-SSARL-NRM; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, en su artículo 188 señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, de acuerdo a lo previsto en la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, el Estado peruano está comprometido a desarrollar una integral descentralización, política, económica y administrativa, trans fi riendo progresivamente competencia y recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fi n de eliminar el centralismo; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; Que, asimismo, el citado artículo señala que la Secretaría de Descentralización orienta la coordinación intergubernamental de los tres niveles de gobierno en cada territorio. Su enfoque es multisectorial y, en coordinación con los sectores competentes, busca promover el desarrollo a partir de las actividades diversas y de mayor potencial, priorizadas y consensuadas con los actores públicos y privados en los departamentos, provincias, distritos u otros espacios territoriales; Que, los literales d) y n) del artículo 85 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece, como funciones de la Secretaría de Descentralización, articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, entre los diferentes niveles de gobierno, desarrollando mecanismos y estrategias de articulación de las intervenciones del Poder Ejecutivo con