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11 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023 El Peruano / de Documentos Normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, versión 01, aprobada con Resolución Ministerial N° 0187-2022-MIDAGRI, y su modi fi catoria; Con las visaciones del Secretario General; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director de la O fi cina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riego de Desastres – SINAGERD, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar la Directiva General, N° DI 012-2023-MIDAGRI/SG-ODNGRD “Directiva de Organización y Funcionamiento del Centro de Operaciones de Emergencia Sectorial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, Versión 01, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres – ODNGRD de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, realice las acciones pertinentes para la difusión e implementación de la Directiva que se aprueba mediante la presente Resolución. Artículo 3.- Las unidades de organización, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, involucrados en los procesos de gestión del riesgo de desastres, son responsables de aplicar, difundir y supervisar lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y del Anexo que aprueba al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED; y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para las acciones de coordinación en lo que corresponda como integrantes del SINAGERD; así como, a los órganos y unidades orgánicas que conforman el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a los Programas, Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras, para los fi nes pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de la Directiva aprobada en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y notifíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2208470-1 Oficializan la “IX Feria Nacional de Ganado Lechero de Raza Holstein y Brown Swiss”, a desarrollarse en el Ex Fundo Mamacona – Pachacámac – Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0261-2023-MIDAGRI Lima, 24 de agosto del 2023 VISTOS:El O fi cio Nº 0383-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG de la Dirección General de Desarrollo Ganadero que adjunta el Informe N° 016-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-CAAZ; la Carta s/n, de fecha 10 de mayo de 2023 de la Asociación Holstein del Perú; y, el Informe N° 1419-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, en adelante la LOF del MIDAGRI, establece que este Ministerio, ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el numeral 2 del artículo 7 de la LOF del MIDAGRI, establece que el MIDAGRI, en el marco de sus competencias compartidas, de manera articulada con los gobiernos regionales, gobiernos locales, organismos y entidades del Poder Ejecutivo, según corresponda, tiene la función, entre otras, de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados; Que, la Política Nacional Agraria 2021 - 2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, identi fi ca como problema público el bajo nivel de desarrollo competitivo agrario; para superarlo plantea tres objetivos prioritarios: OP1. Incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor; OP2. Reducir la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; y, OP3. Mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible; Que, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG, en adelante el Reglamento, establece las normas que regulan las acciones de organización, autorización, funcionamiento y desarrollo de las ferias y eventos agropecuarios que se lleven a cabo en el territorio nacional; Que, el artículo 91 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, en adelante el TI del ROF del MIDAGRI, señala que la Dirección General de Desarrollo Ganadero es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos ganaderos, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos ganaderos nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva, en concordancia con la normativa vigente; y, conforme al literal e) del artículo 92 del TI del ROF del MIDAGRI tiene la función de proponer la aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos, así como la o fi cialización de las ferias y eventos nacionales e internacionales no calendarizados, en el ámbito de sus competencias, los cuales son autorizados mediante Resolución Ministerial, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento; Que, dentro de los alcances de la normatividad mencionada y lineamientos de política, el MIDAGRI, a través de sus órganos competentes, viene promoviendo la libre participación de las personas naturales y jurídicas vinculadas a la producción agraria, a través de las Ferias y Eventos Agropecuarios, habiendo aprobado el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios para el año 2023, mediante la Resolución Ministerial Nº 0033-2023-MIDAGRI; Que, mediante la Carta s/n de fecha 10 de mayo de 2023, la Asociación Holstein del Perú solicita la ofi cialización de la “IX Feria Nacional de Ganado Lechero de Raza Holstein y Brown Swiss” a desarrollarse los días 8, 9 y 10 de setiembre de 2023, en el Km. 26 de la antigua Panamericana Sur – Ex Fundo Mamacona – Pachacámac – Lima. Para tal fi n, adjunta a su solicitud la documentación establecida en el Reglamento; Que, mediante O fi cio Nº 0383-2023-MIDAGRI- DVDAFIR/DGDG, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, remite al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego el lnforme Técnico N° 0016-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-CAAZ, en el que