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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (31/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / Que, a través del O fi cio Nº 1690/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica, a la Secretaría General del Ministerio de Defensa, la designación del Alférez de Fragata Raúl Alberto SALAZAR VILLENA, a fi n de que participe en el citado curso; Que, con Informe Legal Nº 074-2023/AS-DGE y Nº 084-2023/AS-DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Raúl Alberto SALAZAR VILLENA, para que participe en el curso de Operaciones Especiales; Que, con Anexo EST-V” del Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar, el Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima, certi fi ca que el Alférez de Fragata Raúl Alberto SALAZAR VILLENA ha sido invitado por el Ministerio de Defensa del Reino de España para que participe en el curso 57006 Operaciones Especiales, a desarrollarse en la Escuela Militar de Montaña y Operaciones Especiales (EMMOE), Acuartelamiento San Bernardo de Jaca (HUESCA), Reino de España, del 8 de setiembre de 2023 al 13 de julio de 2024; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada misión de estudios, por cuanto, el citado curso permitirá proseguir con el estudio de la realidad actual y los futuros desafíos a los que deberán enfrentarse, pasando por sus métodos de selección, entrenamiento, tácticas, materiales, armamento y equipo; Que, la Ayuda Memoria del Curso de Operaciones Especiales-España, adjunta a los antecedentes, señala que el mencionado Curso busca proporcionar al Operador Especial de la Fuerza de Operaciones Especiales de la Marina de Guerra del Perú los conocimientos necesarios para concebir, planear, conducir y ejecutar misiones especí fi cas de operaciones especiales, fundamentalmente de reconocimiento especial, acción directa y asistencia militar, así como asesorar al comando, a su nivel, sobre la conducción de estas misiones. Asimismo, el referido documento indica que el citado curso permitirá actualizar capacidades y adquirir nuevas técnicas, procedimientos y ampliar la visión institucional acerca de la experiencia española, permitiendo que el operador especial suministre lo aprendido a la Fuerza de Operaciones Especiales, logrando mejorar, optimizar y perfeccionar su trabajo en servicio a los intereses de nuestro país; Que, la Hoja de Gastos Nº 213-2023, suscrita por el Jefe la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y la Dirección General de Educación de dicha Institución Armada, señala que los gastos por pasaje aéreo (ida), pasaje terrestre (ida), gasto de traslado (ida) y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, con Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 213-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en la citada misión de estudios; Que, a través de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000003, Nº 0000000004 y Nº 0000000325, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del citado viaje durante el Año Fiscal 2023; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes a los años posteriores se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en el referido curso, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 4999/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Raúl Alberto SALAZAR VILLENA, para que participe en el curso de Operaciones Especiales, a realizarse en la Escuela Militar de Montaña y Operaciones Especiales (EMMOE), ubicada en Acuartelamiento de San Bernardo de Jaca (HUESCA); Que, a través del O fi cio Nº 6059/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú indica que, de acuerdo a las coordinaciones efectuadas entre la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en el Reino de España y la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, la incorporación del Alférez de Fragata podría realizarse a partir del 2 de setiembre de 2023; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Nº 02335-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 530-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para autorizar el citado viaje al exterior; Que, con Informe Legal Nº 01411-2023-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la misión de estudios del Alférez de Fragata Raúl Alberto SALAZAR VILLENA, para que participe en el curso de Operaciones Especiales, a realizarse en la Escuela Militar de Montaña y Operaciones Especiales (EMMOE), ubicada en Acuartelamiento de San Bernardo de Jaca (HUESCA), Reino de España, del 8 de setiembre de 2023 al 13 de julio de 2024, debiendo incorporarse en la Escuela de Guerra del Ejército de Tierra, ciudad de Madrid, el 2 de setiembre de 2023, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, al Alférez de Fragata Raúl Alberto SALAZAR