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13 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / CARGOGRADO NOMBRES Y APELLIDOS Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del NorteT1 IVAN HUMAREDA DOMINGUEZ Artículo 4.- Adecuar los cargos previstos en la Resolución Suprema Nº 022-2023-DE y en la Resolución Suprema Nº 024-2023-DE del siguiente personal; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial: EJÉRCITO DEL PERÚ GRADO, NOMBRES Y APELLIDOSCARGO SEGÚN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2023-DENUEVO CARGO A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2024 CORONEL EP JOHNNY JESUS ROMANI VARGASAgregado Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente a la República Oriental del UruguayAgregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. CORONEL EP ARMANDO BAUTISTA MENDOZAAgregado Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de BoliviaAgregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia CORONEL EP LUIS FRANCISCO CUEVAS LOPEZAgregado Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos MexicanosAgregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos FUERZA AÉREA DEL PERÚ GRADO, APELLIDOS Y NOMBRESCARGO SEGÚN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2023-DENUEVO CARGO A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2024 CORONEL FAP CARLOS MANUEL VARGAS CERNAAgregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República ItalianaAgregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el exterior se efectúa por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término. Artículo 6.- El personal militar señalado en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución Ministerial pasa revista en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dura la Misión Diplomática. Artículo 7- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2210313-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aprueban los lineamientos estratégicos en materia administrativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000169-2023-MIDIS San Isidro, 28 de agosto del 2023VISTOS: El Memorando N° D000677-2023-MIDIS-SG de la Secretaría General; el Informe N° D000251-2023-MIDIS-OGPPM y el Memorando N° D000875-2023-MIDIS-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000488-2023-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad; Que, el artículo 46 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Sistemas Administrativos tienen por fi nalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la efi cacia y e fi ciencia en su uso; considerándose en el numeral 11 del citado artículo a la “Modernización de la Gestión Pública” como un sistema administrativo; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión el Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, a través del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM se aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo los principios, normas y procedimientos que aplican al proceso de modernización de la gestión pública, en concordancia con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado; Que, en el artículo 4 del citado Reglamento se señala que la modernización de la gestión pública consiste en la selección y utilización de todos aquellos medios orientados a la creación del valor público en una determinada actividad o servicio a cargo de las entidades públicas; asimismo, precisa que se crea valor público cuando: a) Las intervenciones públicas, que adoptan la forma de bienes, servicios o regulaciones, satisfacen las necesidades y expectativas de las personas, generando bene fi cios a la sociedad; y b) Se optimiza la gestión interna a través de un uso más e fi ciente y productivo de los recursos públicos, para, directa o indirectamente, satisfacer las necesidades y expectativas de las personas, generando bene fi cios a la sociedad; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Publica N° 004-2019-PCM-SGP se aprueban los Lineamientos N° 001-2019-SGP “Principios de actuación para la modernización de la gestión pública”, cuyo objetivo general es orientar a las entidades públicas hacia la gestión basada en la creación de valor público, que utilice los mejores mecanismos y herramientas de gestión para asegurar que los resultados obtenidos respondan de manera valiosa, pertinente, e fi caz y efi ciente a las necesidades y expectativas de las personas y la sociedad; Que, con Decreto Supremo N° 103-2022-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, como principal instrumento orientador que guía el proceso de modernización de la gestión pública en el Perú por los siguientes años, estableciendo que la gestión pública moderna es una gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano; en el cual los funcionarios cali fi cados y motivados se preocupan – en el marco de políticas públicas de Estado, nacionales, regionales y locales, según las competencias que correspondan a cada nivel de gobierno – por entender las necesidades de los ciudadanos y organizan, tanto los procesos de producción o actividades como los de soporte, con el fi n de transformar los insumos en productos (seguridad jurídica, normas, regulaciones