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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Viernes 15 de diciembre de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL DECRETO SUPREMO Nº 140-2023-PCM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL se encarga de regular el comportamiento de las empresas operadoras, así como las relaciones de dichas empresas entre sí, de garantizar la calidad y e fi ciencia del servicio brindado al usuario y de regular el equilibrio de las tarifas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2001- PCM, se aprobó el Reglamento General del OSIPTEL, como norma reglamentaria de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y de la Ley Nº 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL; estableciendo disposiciones referidas a su organización y el alcance de las funciones y atribuciones conferidas por las citadas leyes; Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, para cuyo efecto la norma establece las principales acciones y los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública; Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, la misma que contiene disposiciones generales de la entidad y desarrolla las funciones especí fi cas de sus órganos hasta el segundo nivel organizacional; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 094- 2020-PD/OSIPTEL, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, la misma que desarrolla las funciones especí fi cas de sus unidades orgánicas de tercer nivel organizacional; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1555, Decreto Legislativo que modi fi ca el artículo 9 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se establecen disposiciones sobre los tribunales administrativos de los organismos reguladores, precisando que constituyen Órganos Resolutivos que forman parte de su estructura orgánica. Estos tribunales administrativos constituyen última instancia administrativa y lo resuelto por ellos es de obligatorio cumplimiento y constituye precedente vinculante en materia administrativa, cuando corresponda; Que, el numeral 46.1 del artículo 46 de los Lineamientos de Organización del Estado dispone que, se requiere la modi fi cación de un Reglamento de Organización y Funciones, entre otros supuestos, por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; Que, en virtud al numeral 5 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende, consistente en disposiciones normativas de organización, reorganización, fusión de entidades o mecanismos de reforma del Estado (como proyectos de normas con rango de ley o reglamentos de organización y funciones, fusiones de entidades públicas, creación de programas o proyectos, entre otros), manuales de operaciones de programas y proyectos, y demás normas de organización, las cuales se regulan por las normas de la materia; Que, resulta necesario modi fi car la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, con la fi nalidad de adecuar su organización y estructura orgánica, así como las funciones de las unidades de organización a las normas sustantivas vigentes, buscando fortalecer su gestión institucional y el cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 8, 14, 17 y 48 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM Modi fi car los artículos 8, 14, 17 y 48 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM, quedando redactados en los siguientes términos: “Artículo 8.- Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: a) Aprobar la política general del OSIPTEL. b) Expedir normas y resoluciones de carácter general o particular, en materias de su competencia. c) Proponer la expedición de normas que contribuyan al cumplimiento de sus fi nes así como al desarrollo de las actividades en el sector de telecomunicaciones. d) Resolver en última instancia administrativa o instancia única, cuando corresponda, los asuntos de su competencia. e) Emitir opinión previa a la celebración de cualquier contrato de concesión referido a la prestación de servicios portadores o servicios fi nales públicos, cuando corresponda. f) Aprobar la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones, de acuerdo con la normatividad vigente. g) Designar y remover a los miembros de los Cuerpos Colegiados y a los Vocales del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios - TRASU, a propuesta del Presidente Ejecutivo. h) Designar al Vicepresidente del Consejo Directivo. i) Otorgar los poderes que considere necesarios.