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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/12/2023)

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48 NORMAS LEGALES Domingo 17 de diciembre de 2023 El Peruano / metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Recibido por EPS TACNA S.A. el 27 de agosto de 2021. 2 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD, publicada el 27 de julio de 2021 en la separata especial de normas legales del diario o fi cial El Peruano. 3 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 4 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. 5 Aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA. 6 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA. ANEXO Nº 1 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS TA CNA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2024-2028 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DELOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. FÓRMULA TARIFARIA BASE Por el servicio de agua potable Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0.000) (1 + Φ)T1 = T0 (1 + 0.000) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0.080) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0.080) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0.083) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0.083) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ) DondeT o : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios del segundo y cuarto año regulatorio de 8% y 8.3%, respectivamente, en los servicios de agua potable y alcantarillado, permitirán fi nanciar: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados y; iii) los costos de intervenciones para: mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC). En el primer, tercer y quinto año del periodo regulatorio 2024-2028 se realizará un reordenamiento de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el Subcapítulo VI.9.3: “Estructura tarifaria” del estudio tarifario, lo cual representará un incremento en la tarifa media de 1.8%, 0.9% y 0.3% en el primer, tercer y quinto año del periodo regulatorio, respectivamente. Las condiciones de aplicación de los incrementos tarifarios base de EPS TACNA S.A. para el periodo regulatorio 2024-2028 se encuentran establecidas en el Subcapítulo VI.6.2: “Condiciones de aplicación de los incrementos tarifarios base” del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones ANEXO Nº 2 ESTRUCTURAS TARIFARIAS DE EPS TACNA S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2024-2028 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO I. Estructuras tarifarias Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS TACNA S.A. aplicará las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 4.20 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado en el primer año regulatorio por localidades Localidades de Tacna y Pachía (1er año) Categoría RangoTarifa Agua Tarifa Alcantarillado S/ / m3 S/ / m3 Social 0 a más 0.90 0.38 Doméstico0 a 8 1.18 0.49 8 a 16 1.56 0.66 16 a más 2.51 1.12 Estatal 0 a más 2.55 1.15 Comercial y otros0 a 30 2.60 1.15 30 a más 5.29 2.22 Industrial0 a 60 6.39 2.69 60 a más 8.59 3.63 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 10 16 30 50 100 Localidad de Locumba (1er. año regulatorio) Categorí a RangoTarifa Agua Tarifa Alcantarillado S/ /m3 S/ / m3 Social 0 a más 0.58 0.25 Doméstico0 a 8 0.63 0.25 8 a 16 1.08 0.42 16 a más 2.10 0.77 Estatal 0 a más 2.15 0.77 Comercial y otros 0 a más 2.20 0.77 Industrial 0 a más 5.00 2.00 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 10 16 30 50 100 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 118 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3.