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95 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2023 El Peruano / 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en su artículo 9 del registro de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el SUT señala: “(…) 9.1. Los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a registrar en el SUT son aquellos cuya tramitación son efectuados ante las entidades de la administración pública, y cumplen con lo regulado en el TUO de la Ley Nº 27444, los Lineamientos para la determinación de los derechos de tramitación, los Lineamientos para la elaboración del TUPA y demás normas de simpli fi cación administrativa vigente (…)”; asimismo en su artículo 10 sobre modi fi cación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el SUT se establece: “(…) 10.1 La modi fi cación del TUPA registrado en el SUT se realiza teniendo en cuenta lo regulado en el TUO de la Ley Nº 27444, los Lineamientos para la determinación de los derechos de tramitación, los Lineamientos para la elaboración del TUPA y demás normas de simpli fi cación administrativa vigente (…)”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 013-2022- CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 05 de noviembre de 2022, se aprobó la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Tacna, para la incorporación de procedimientos administrativos correspondientes a la Dirección Regional de Energía y Minas ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2022-CR/GOB.REG.TACNA. Que, con O fi cio Nº 642-2023-GRAJ-GGR-GR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 21 de julio de 2023, la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna remite al Consejo Regional de Tacna la Opinión Legal Nº 990-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA sobre aprobar la modi fi cación parcial del TUPA del Gobierno Regional de Tacna, aprobado con Ordenanza Regional Nº 013-2022-CR/GOB.REG.TACNA de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo; Transportes y Comunicaciones; Trabajo y Promoción del Empleo; y, de la Red de Salud Tacna, con todos sus actuados para el trámite correspondiente. Que, con el Informe Nº 108-2023-GRPPAT-SGMI/ GOB.REG.TACNA, de fecha 26 de junio del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional; la Opinión Legal Nº 990-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 14 de julio de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de Comisión Nº 024-2023-MOUV-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de agosto de 2023, y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió emitir el Dictamen Nº 024-2023-COPPyAT-CR de fecha 09 de agosto de 2023, sobre: “APROBAR LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, APROBADO CON ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2022-CR/GOB.REG.TACNA DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DE LA RED DE SALUD TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria, de fecha 31 de agosto de 2023. Que, considerando las normas antes indicadas, así como los informes técnicos y legales favorables resulta procedente aprobar la modi fi cación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 013-2022-CR/GOB.REG.TACNA. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad , la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 013-2022-CR/GOB.REG. TACNA, incorporando dieciséis (16) procedimientos estandarizados de la DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO; modi fi cando diecinueve (19) procedimientos administrativos y tres (03) servicios exclusivos de la DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TACNA; eliminado un (01) procedimiento administrativo de la DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO; y, eliminando siete (07) servicios exclusivos de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA RED DE SALUD TACNA, conforme se detalla en el siguiente cuadro: Nº UNIDAD ORGÁNICA ACTIVIDAD/ PROCEDIMIENTOCANTIDAD DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSCANTIDAD DE SERVICIOS EXCLUSIVOSTOTAL 01 DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMOINCORPORACIÓN 16 0 16 02 DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TACNAMODIFICACIÓN 19 3 22 03 DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEOELIMINACIÓN 01 0 01 04 DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA RED DE SALUD DE TACNAELIMINACIÓN 0 07 07 Artículo Segundo.- APROBAR las tasas, como pagos por derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios exclusivos mencionados en el artículo precedente, que se encuentran consolidados en el formato TUPA y que se encuentran como anexo de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional.Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones y normas regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Séptimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario O fi cial