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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (24/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / con la fi nalidad de impulsar el desarrollo industrial, a través de su implementación, para generar innovación y competitividad; y alcanzar el bienestar común; Que, en La Libertad, principalmente en la provincia de Trujillo, existen diversas empresas de sectores productivos manufactureros, como metalmecánica, curtiembres, calzado, textiles, confecciones, panetería, madereras, agroindustria, etc.; los mismos que abastecen la demanda local, en algunas ocasiones se provee a mercados nacionales, y en forma muy limitada al mercado internacional; Que, actualmente existen grandes brechas de carácter tecnológico entre las grandes y pequeñas empresas no permitiendo el abastecimiento al mercado interno sobre productos altamente competitivos que requieren innovación, alta tecnología y elevada competitividad; con la creación del parque tecnológico expuesto va a contribuir al incremento de la productividad, mediante la competitividad, utilizando las herramientas de investigación e innovación, y lograr acceso al mercado local, nacional e internacional, impulsando el desarrollo industrial, a través de la implementación de infraestructura técnica y económica en el ámbito Regional; Que, mediante Informe N° 06-2023-GRLL-GGR- GRPRO-SGI, de fecha 22 de marzo de 2023, la Sub Gerencia de Industria de la Gerencia Regional de la Producción, concluye que la no existencia de un “Parque Industrial Tecno-Ecológico de Trujillo”, limita la mejora de la producción y productividad de las empresas productivas manufactureras, ubicadas en Trujillo; asimismo, indica que existe una zona geo estratégica de Trujillo, actualmente se encuentra desocupada y libre, que es de propiedad de CHAVIMOCHIC; es por ello, que recomienda elevar el informe de la declaratoria de interés público del futuro Parque Industrial Tecno Ecológico de Trujillo, a ubicarse en la localidad del distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, ante el Consejo Regional de La Libertad, para su evaluación y posterior aprobación, de estimarse necesario; Que, con Informe Legal N° 00069-2023-GRLL-GGR- GRAJ-VAS, de fecha 17 de julio del 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable al proyecto Ordenanza Regional que “Declara de Interés Público Regional la Creación del Parque Industrial Tecno Ecológico de La libertad, ubicado en Sector el Tablazo-Distrito de Huanchaco-Provincia de Trujillo-La Libertad”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N 005-2010-GRLL/ CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional por UNANIMIDAD: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Público Regional la Creación del Parque Industrial Tecno Ecológico de La Libertad, ubicado en Sector El Tablazo-Distrito de Huanchaco-Provincia de Trujillo-La Libertad. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo a los cinco días del mes de octubre del año Dos Mil Veintitrés. VERONICA REBECA ESCOBAL ORDOÑEZ Presidenta del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los veintisiete días del mes de octubre del año Dos Mil Veintitrés CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 2247633-1 Aprueban proyecto de Ordenanza Regional que modifica la Ordenanza Regional N° 10-2015-GR-LL/CR, modificada por la Ordenanza Regional N° 002-2016-GR-LL/CR y Ordenanza Regional N° 022-2018-GR-LL/CR; adecuando la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad al Decreto Supremo N° 169-2021-PCM ORDENANZA REGIONAL N° 000012-2023-GRLL-CR Trujillo, 14 de noviembre del 2023EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos N° 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y además normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 09 de noviembre del 2023, VISTO Y DEBATIDO el Ofi cio N° 000076-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que contiene el Dictamen N° 038-2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional que Modi fi ca la Ordenanza Regional N°10-2015-GR-LL/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional N°002- 2016-GRLL/CR y Ordenanza Regional N°022-2018-GR-LL/CR; Adecuando la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad al Decreto Supremo N°169-2021-PCM”, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, el Decreto Supremo N°169-2021-PCM, publicado el 16 de noviembre del 2021 que modi fi ca el Reglamento de la Ley N°29976, con la fi nalidad de desarrollar las funciones y roles de las Comisiones Regionales Anticorrupción y precisa los miembros que la conforman, acorde a los cargos equivalentes de los miembros de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del