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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (24/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / Artículo Primero.- APROBAR la constitución de la Mancomunidad Regional “Tren del Norte” integrada por los gobiernos regionales de La Libertad, Ancash, Lima, Callao y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- RATIFICAR el Acta de Constitución de la Mancomunidad Regional “Tren del Norte” de fecha 15 de agosto de 2023, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la Mancomunidad Regional “Tren del Norte” tiene como objeto: Impulso de la gestión de proyecto de infraestructura ferroviaria para la integración de los departamentos de La Libertad, Ancash, Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Cuarto.- DELEGAR las competencias y funciones a la Mancomunidad Regional “Tren del Norte”, las que se detallan a continuación: Los gobiernos regionales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Regional, las siguientes funciones: - Promover la inversión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte (Artículo 56, literal b)-LOGR). - Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes del desarrollo regional (Artículo 63, literal r)-LOGR). - Identi fi car oportunidades comerciales para los productos de la región y promover la participación privada en proyectos de inversión en la región (Artículo 55, literal d) -LOGR) Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. VERONICA REBECA ESCOBAL ORDOÑEZ Presidenta del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 2247647-1 Declaran de Interés Público Regional la Creación del Parque Industrial Tecno Ecológico de La Libertad, ubicado en Sector El Tablazo-Distrito de Huanchaco-Provincia de Trujillo-La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000009-2023- GRLL-CR Trujillo, 5 de Octubre de 2023EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTOEl Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO:En Sesión Ordinaria de fecha 03 de octubre del 2023, VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 011-2023-GRLL-CR-CP, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de la Producción del Consejo Regional, Luis Alberto Rodríguez Ponce, que contiene el Dictamen N° 002-2023-GRLL-CR-CP, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional, relativo a “Declarar de Interés Público Regional la Creación del Parque Industrial Tecno Ecológico de La Libertad, ubicado en sector El Tablazo-Distrito de Huanchaco-Provincia de Trujillo-La Libertad”, y; CONSIDERANDOEl inciso 7) del artículo 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de Agricultura, Pesquería, Industria, Agroindustria, Comercio, Turismo, Energía, Minería, Vialidad, Comunicaciones, Educación, Salud y Medio Ambiente, conforme a Ley; Que, el artículo 54° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que son funciones especí fi cas de los Gobiernos Regionales, en concordancia con las políticas nacionales y planes sectoriales en materia de industria, las de formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia industrial, así como impulsar el desarrollo de sus recursos humanos, identi fi car las oportunidades de inversión entre otros; Que, la normativa antes expuesta es concordante con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, en la que de fi ne la Política Nacional de Competitividad y Productividad, la cual, indica que su ámbito de aplicación es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno. También es de obligatorio cumplimiento para el sector privado y la sociedad civil, en cuanto le sea aplicable; Que, el Gobierno del Perú a través del Ministerio de la Producción ha diseñado el Plan Nacional de Diversi fi cación Productiva (PNDP) como la estrategia de Estado para la generación de nuevos motores de crecimiento económico, en la que considera que es necesario expandir las posibilidades tecnológicas mediante las actividades de innovación y emprendimiento innovador. Con el objetivo de cerrar brechas productivas, y dentro de esta estrategia está la creación de parques tecnológicos como factor dinamizador y desarrollo regionales; Que, la Gerencia de la Producción, tiene competencia compartida de promoción, gestión y regulación en materia industrial y mantiene relación técnica normativa con el Ministerio de la Producción, dentro de este marco orienta sus actividades hacia la promoción y sensibilización del empresariado manufacturero, teniendo como prioridad estratégica el desarrollo de una cultura de la normalización y calidad para la mejora de la competitividad productiva; Que, dentro de este marco técnico legal la iniciativa de crear de Interés Público Regional el Parque Industrial Tecno Ecológico de La Libertad, está alineado a la Política Nacional, y Política Sectorial del Ministerio de la Producción; precisando que la inversión se considera dentro de la modalidad de proyectos en activos; cabe indicar que esta modalidad implica que dicha inversión es netamente privada, donde el Gobierno Regional propone y promueve la inversión privada en sectores productivos,