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81 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada; así como la gratuidad en los procedimientos de renovación y duplicado del Documento Nacional de Identidad, tramitados a nivel nacional durante el año 2023, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social, como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada; Que posteriormente, mediante Resolución Jefatural Nº 000145-2023/JNAC/RENIEC (24AGO2023) se dispuso la ampliación de la meta fi jada en la Resolución Jefatural N° 000014-2023/JNAC/RENIEC (25ENE2023), hasta once mil ochocientos (11,800) procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales - RUIPN, para el periodo agosto-diciembre 2023, para la atención de personas mayores y menores de edad con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, que requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten a fi liarse al seguro para recibir tratamiento médico); así como, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social, como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren su calidad de vida; así como para personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad (de 60 años a más); Que asimismo, por Resolución Jefatural Nº 000158- 2023/JNAC/RENIEC (29SET2023) se dispuso modi fi car el artículo quinto de la Resolución Jefatural N° 000145-2023/JNAC/RENIEC (24AGO2023) en el sentido que los procedimientos realizados y su consecuente emisión se realizará con emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe) de manera prioritaria desde la captura del trámite, el procesamiento y entrega, disponiendo que para dicho efecto la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, la Dirección de Registros de Identi fi cación y la Dirección de Servicios Registrales coordinarán internamente las atenciones solicitadas; fi nalmente, se autorizó de manera excepcional, la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales, para que posteriormente, puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano ante cualquier Centro de Atención EREP; Que, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social a través del Informe N° 000026-2023/DRIAS/RENIEC (13DIC2023), solicita la emisión de la resolución jefatural que disponga continuar durante el año 2024, con la atención de los grupos vulnerables a través de la gratuidad de los procedimientos registrales, de acuerdo a lo dispuesto en las Resoluciones Jefaturales emitidas durante el año 2023; sustentando su propuesta tanto en el pronunciamiento de la Comisión Multisectorial del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen), respecto a los eventos climatológicos que afectan sobre todo a la población vulnerable en nuestro país, así como las situaciones de urgencias médicas; lo cual hace necesaria una especial protección del Estado, teniendo en cuenta que la indocumentación en esta población vulnerable agrava el nivel de afectación, poniendo en riesgo que puedan acceder a los diversos programas sociales o de salud implementados por el Estado a efectos de proteger sus derechos constitucionalmente reconocidos; Que asimismo, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, señala que nuestra entidad se encuentra en la ejecución del Plan Nacional de Identidad Digital y Servicios Disponibles (PNIDSD) 2022-2025, el mismo que cuenta con acciones estratégicas orientadas a la ejecución de campañas descentralizadas para la emisión del DNIe dirigidas a poblaciones vulnerables, se tiene previsto que para el año 2024 el 100% de los trámites realizados por la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social se realicen con emisión de DNI electrónico, pero sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales correspondientes en la aplicación del procedimiento regular, con la posibilidad de que los ciudadanos puedan solicitarlo posteriormente en la EREP más cercana de manera gratuita; para lo que indica que se cuenta con la opinión favorable de las direcciones de Servicios Registrales y de Certi fi cación y Servicios Digitales; Que, si bien la fi nalidad de la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico-DNIe, es acreditar la identidad del ciudadano a través de dos (02) mecanismos (físicos y electrónicos) esto no imposibilita que, de manera excepcional y atendiendo el carácter identi fi catorio del DNI, se entregue sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales para que, posteriormente, los certi fi cados digitales puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano, en este sentido corresponderá a los órganos involucrados adoptar las medidas que resulten necesarias para que los Documentos Nacionales de Identidad electrónicos-DNIe que se emitan en mérito al presente acto resolutivo, cuenten con los certi fi cados digitales; Que la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos ha evaluado la propuesta presentada por la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y señala que desde el punto de vista presupuestal, la gratuidad de 29,000 trámites y entrega de DNI electrónico gratuitos para personas con urgencias médicas o en situación de vulnerabilidad y exclusión social, a consecuencia de desastres naturales o siniestros y para personas adultas mayores; es factible de ser fi nanciada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Institución para el año 2024, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; señalando que esta propuesta estaría contribuyendo con el cierre de las brechas de indocumentación en el marco del Programa Presupuestal y las metas programadas en la propuesta del Plan Operativo Institucional del RENIEC para el año 2024; Que en este contexto, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que por su parte, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta viable legalmente establecer la gratuidad solicitada durante el año 2024, precisando que en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde la publicación obligatoria de las resoluciones administrativas cuando su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración pública; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, a nivel nacional y hasta la meta de 29,000 procedimientos de inscripción, duplicado, renovación y recti fi cación de datos del Documento Nacional de Identidad para personas con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten a fi liarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente