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82 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / justifi cada, según formato - Anexo 01, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, de los procedimientos de renovación y duplicado del Documento Nacional de Identidad, tramitados a nivel nacional, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social, como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada, según formato - Anexo 02, el cual forma parte integrante de la presente Resolución y hasta la meta conjunta de 29,000 procedimientos fi jada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, en todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta (60) años de edad, en situación de vulnerabilidad, a nivel nacional, que se realicen a través de campañas y/o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y hasta la meta conjunta de 29,000 procedimientos fi jada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Disponer que los procedimientos realizados en el marco de la presente resolución jefatural se realizarán con emisión de Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) de manera prioritaria desde la captura del trámite, el procesamiento y entrega. Para dicho efecto la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, la Dirección de Registros de Identi fi cación y la Dirección de Servicios Registrales coordinarán internamente las atenciones necesarias. Artículo Quinto.- Autorizar de manera excepcional y para los efectos de la presente Resolución Jefatural, la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico-DNIe, sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales, para que posteriormente puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano ante cualquier Centro de Atención EREP o realizarse de manera autónoma desde la comodidad de un entorno web. Artículo Sexto.- Autorizar la gratuidad en el cambio de lugar de entrega del Documento Nacional de Identidad, siempre que se haya tramitado conforme los artículos precedentes. Artículo Séptimo.- Las gratuidades otorgadas mediante la presente Resolución Jefatural sólo procederán en campañas o jornadas de documentación itinerante de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social. Artículo Octavo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, será fi nanciado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Institución para el año 2024, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios. Artículo Noveno.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Direcciones de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Servicios Registrales, de Certi fi cación y Servicios Digitales, de Registros de Identi fi cación y a las O fi cinas de Tecnologías de la Información, de Administración y de Plani fi cación y Presupuesto. Artículo Décimo.- La presente Resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec) y los Anexos en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec). Artículo Décimo Primero.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones y Prensa la difusión de la presente Resolución Jefatural y su publicación en el portal web institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2247582-1Autorizan gratuidad de procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000208-2023/JNAC/RENIEC Lima, 22 de diciembre del 2023VISTOS: El Informe Nº 000025-2023/DRIAS/RENIEC (13DIC2023) de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación Nº000446-2023/OPP/RENIEC (15DIC2023) de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N°000298-2023/OPP/UPE/RENIEC (14DIC2023) de la Unidad de Plani fi cación y Estadística de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N°001748-2023/OPP/UP/RENIEC (14DIC2023) de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorando Nº000453-2023/GG/RENIEC (16DIC2023) de la Gerencia General y el Informe Nº 001897-2023/OAJ/RENIEC (20DIC2023) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 183 de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del RENIEC mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identi fi cación que los individualice de los demás; Que por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural o geográ fi co, no todos los nacionales acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad, generando a la ciudadanía severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos; incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado; Que asimismo, en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el RENIEC desde el año 2003, viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del Documento Nacional de Identidad, las mismas que han bene fi ciado a aquellos grupos vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que en atención a ello, mediante el documento de vistos, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, solicita aprobar para el año 2024 la gratuidad hasta la meta de 350,000 procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales -