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89 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios. Que, el Artículo 37° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que “los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional”; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 38° de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)”. Que, la Ordenanza Regional, es una norma con rango de ley, emitida por los Gobiernos Regionales, para normar asuntos de carácter general, entre otros aspectos de competencia de los Gobiernos Regionales, conforme a lo previsto en el Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, en su artículo 53º prescribe: “Los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanza Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios. Que, mediante Ordenanza Regional N°010-2015- GR-LL/CR, aprobada el 17 de setiembre del 2015, crea la Comisión Regional Anticorrupción de la Región La Libertad, con el objetivo de implementar acciones de prevención y combate contra la corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción; Que, mediante Ordenanza Regional N°002-2016- GRLL/CR, modi fi ca el artículo segundo de la Ordenanza Regional N°010-2015-GR-LL/CR, respecto a los miembros de la Comisión, quedando conformada de la siguiente manera: ▪ El Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad; ▪ El Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad; ▪ El Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; ▪ El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de La Libertad; ▪ El Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de La Libertad; ▪ El Gobernador Regional de La Libertad; ▪ El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región La Libertad (miembro con voz, sin voto);▪ El Jefe de la O fi cina de Control (miembro observador con voz, sin voto); ▪ El Jefe de la O fi cina Defensorial de La Libertad (miembro observador con voz, sin voto);▪ Un representante de la sociedad civil (miembro observador con voz, sin voto) y;▪ Un representante del sector empresarial (miembro observador con voz, sin voto). Asimismo, con Ordenanza Regional N° 022-2018-GR- LL/CR, que modi fi ca el artículo segundo de la Ordenanza Regional N°010-2015-GR-LL/CR respecto a sus miembros, quedando conformada de la siguiente manera: ▪ El Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad; ▪ El Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad; ▪ El Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; ▪ El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de La Libertad; ▪ El Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de La Libertad;▪ El Prefecto Regional de La Libertad; ▪ Un representante del Consejo Municipal de cada Municipalidad Provincial de la Región La Libertad; ▪ El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región La Libertad (miembro con voz, sin voto); ▪ El Gerente Regional de Control de La Libertad (miembro observador con voz, sin voto); ▪ El Jefe de la O fi cina Defensorial de La Libertad (miembro observador con voz, sin voto); ▪ Un representante de la sociedad civil (miembro observador con voz, sin voto) y; ▪ Un representante del sector empresarial (miembro observador con voz, sin voto). Que, mediante Informe N° 000011-2023-GRLL-GGR- GRA-OII, de fecha 08 de setiembre del 2023, el Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad, en atención al inciso b) del artículo 42º del Decreto Supremo Nº 169-2021-PCM, indica como función de la Secretaría Técnica de la Comisión Regional Anticorrupción “ejecutar y desarrollar los acuerdos adoptados”, en ese sentido presenta el análisis del proyecto de Ordenanza Regional que modi fi ca la Ordenanza Regional N° 10-2015-GRLL/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional N° 002-2016-GRLL/CR y Ordenanza Regional N° 022-2018-GR-LL/CR; adecuando la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad al Decreto Supremo N° 169-2021-PCM, se abordará los siguientes aspectos: (i) Acuerdo de la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad, para la modi fi cación. (ii) Respecto a la emisión de una Ordenanza Regional. (iii) Respecto a la necesidad de modi fi car la Ordenanza Regional N° 10-2015- GR-LL/CR. (iv) Respecto a la adecuación de la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad, a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 169-2021-PCM. Concluyendo: “En razón a lo expuesto en el capítulo precedente, el suscrito, en calidad de Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad emite opinión técnica favorable a la aprobación del proyecto de la Ordenanza Regional que modi fi ca la Ordenanza Regional N° 10- 2015-GR- LL/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional N° 002-2016- GRLL/CR y Ordenanza Regional N° 022-2018-GR-LL/CR; adecuando la Comisión Regional Anticorrupción de La Libertad al Decreto Supremo N°1 69-2021-PCM, de acuerdo a las normas de la materia y los lineamientos que emite la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, órgano rector en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; En ese sentido, se adjunta el proyecto de Ordenanza Regional mencionado, en formato editable, a fi n de que sea integrado al expediente que eventualmente será elevado al Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad para la adecuación normativa que corresponde”. Que, mediante Informe Legal Nº 000179-2023-GRLL- GGR-GRAJ, de fecha 20 de setiembre del 2023, la Gerencia Regional de Asesoría jurídica, indica que luego del análisis realizado en el presente documento, estando a las normas acotadas, Resulta procedente aprobar la Ordenanza Regional que modi fi ca la Ordenanza Regional N° 10-2015-GR-LL/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional N° 002-2016-GRLL/CR y Ordenanza Regional N° 022-2018-GR-LL/CR; adecuando la comisión regional anticorrupción de la libertad al Decreto Supremo N° 169-2021-PCM. Que, mediante O fi cio N° 647-2023-GRLL-GGR, de fecha 26 de setiembre del 2023, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1621-2015-GRLL/GOB; y, contando con las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la Propuesta de Ordenanza Regional relativo: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional que Modi fi ca la Ordenanza Regional N° 10-2015-GR-LL/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional N° 002- 2016-