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25 NORMAS LEGALES Domingo 1 de enero de 2023 El Peruano / de su respectivo titular, deben proveer información a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). La Contraloría General de la República efectúa control concurrente en las acciones del Ministerio de Salud y EsSalud orientadas a la celebración e implementación de los convenios celebrados en el marco de lo establecido en dicho artículo, de acuerdo a las disposiciones reglamentarias que para tal efecto emita dicho órgano superior de control. El Ministerio de Salud y EsSalud informan trimestralmente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República sobre el avance o ejecución de las compras autorizadas en la referida disposición. Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de los organismos internacionales en el marco de lo establecido en el citado artículo, deben ser devueltos al Tesoro Público una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Que, por su parte, el artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras; Que, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, dispone que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente en materia de homologación, programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud; Que, el Convenio Nº 002-2012/MINSA, Convenio de Cooperación Técnica entre la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Ministerio de Salud de la República del Perú (MINSA) para la Adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados fue suscrito el 16 de enero de 2012 y se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, de acuerdo a lo pactado en su Cláusula Octava sobre la Vigencia del Convenio y el documento de referencia LEG/L/147/22 emitido por el citado organismo internacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 771- 2004/MINSA se establecen las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud, entre ellas, la de Inmunizaciones y Salud Sexual y Reproductiva; Que, a través del Memorando Nº 1090-2022-DG- CENARES/MINSA, que adjunta el Informe Nº D000096-2022-OPPM-CENARES-MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud solicita gestionar una transferencia fi nanciera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), hasta por la suma de S/ 15 133 539,00 (QUINCE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para la adquisición de la Vacuna Recomb. Tetravalente contra Virus Papiloma Humano tipo 6, 11, 16 y 18 (VPH) y la Vacuna contra la Difteria, Tétanos y Tos Ferina Acelular Adsorbida (DPTa), necesarias para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante el Memorándum Nº D001231-2022- OGPPM-MINSA, que adjunta el Informe Nº D000480-2022-OGPPM-OP-MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de la O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable para emitir la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 15 133 539,00 (QUINCE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para la adquisición de la Vacuna Recomb. Tetravalente contra Virus Papiloma Humano tipo 6, 11, 16 y 18 (VPH) y la Vacuna contra la Difteria, Tétanos y Tos Ferina Acelular Adsorbida (DPTa), necesarias para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Con el visado del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 15 133 539,00 (QUINCE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de la Vacuna Recomb. Tetravalente contra Virus Papiloma Humano tipo 6, 11, 16 y 18 (VPH) y la Vacuna contra la Difteria, Tétanos y Tos Ferina Acelular Adsorbida (DPTa), necesarias para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) el envío de los estados de cuentas, derivados de la adquisición efectuada con los recursos señalados en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio de Cooperación Técnica suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud remite información trimestral, bajo responsabilidad, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, respecto de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana