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37 NORMAS LEGALES Domingo 1 de enero de 2023 El Peruano / sanitario vigente autorizado para la comercialización de los ocho (8) bienes en evaluación, a partir de la información de los registros sanitarios existentes, en el portal web de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID); y, ii) las características de los ocho (8) bienes objeto de evaluación han sido estandarizadas como consecuencia de un proceso de homogeneización en base a la información de los registros sanitarios, considerando los documentos técnicos y la normativa sectorial aplicable; en ese sentido, se concluye que, los productos objeto de análisis cumplen con la condición de bien común, por lo que, se recomienda la aprobación de la inclusión de ocho (8) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Equipos, accesorios y suministros médicos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, a efectos que las entidades realicen contrataciones e fi cientes; Que, en el citado informe, la Dirección de Estandarización y Sistematización informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8.5, 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva; Que, mediante Informe N° 000377-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento y con lo dispuesto en la versión 3.0 de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, legalmente resulta procedente la inclusión de las referidas Fichas Técnicas; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 006-2016- PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero . - Aprobar ocho (8) Fichas Técnicas del rubro Equipos, accesorios y suministros médicos , disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 1 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 30 mm x 70 cm01 2.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 1 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 35 mm x 70 cm01 3.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 1 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 40 mm x 70 cm01 4.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTIN 0 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 30 mm x 70 cm01 5.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 2/0 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 25 mm x 70 cm01 6.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 2/0 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 30 mm x 70 cm01 7.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 2/0 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 35 mm x 70 cm01 8.SUTURA ÁCIDO POLIGLACTÍN 3/0 C/A 1/2 CÍRCULO REDONDA 25 mm x 70 cm01 * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2139336-1 Aprueban 3 Fichas Técnicas del rubro Equipos, accesorios y suministros médicos, y disponen su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000188-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 29 de diciembre del 2022VISTO:El Informe N° 000198-2022-PERÚ COMPRAS- DES, de fecha 23 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000379-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 28 de diciembre de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO:Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia