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40 NORMAS LEGALES Domingo 1 de enero de 2023 El Peruano / atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero . - Aprobar tres (3) Fichas Técnicas del rubro Alimentos, bebidas y productos de tabaco , disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 PEPINILLO CALIDAD PRIMERA 01 2 PEPINILLO CALIDAD SEGUNDA 01 3 PEPINILLO CALIDAD TERCERA 01 * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc. Artículo Segundo.- Modi fi car el Documento de Información Complementaria del rubro Alimentos, bebidas y productos de tabaco del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, cuya Versión 19, forma parte integrante de la presente Resolución en Anexo N° 02. Artículo Tercero .- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2139659-1 Delegan facultades a diversos funcionarios de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, durante el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000190-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 30 de diciembre del 2022VISTO:El Informe N° 000382-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 29 de diciembre de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, a través del Decreto Supremo Nº 052-2019- EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el cual dispone que el Jefe de PERÚ COMPRAS es la máxima autoridad ejecutiva, Titular del Pliego y ejerce la representación legal de la Entidad; Que, los literales b), t) e y) del artículo 9 del ROF, señalan que son funciones del Jefe de PERÚ COMPRAS, representar a la institución ante entidades públicas, privadas, nacionales e internacionales; delegar total o parcialmente las atribuciones y funciones no privativas de su cargo, en el marco de la normativa vigente; y, emitir Resoluciones Jefaturales sobre asuntos de su competencia; Que, según el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la referida norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. No pueden ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de o fi cio ni la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el reglamento; Que, por otra parte, el numeral 7.2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de la Entidad, como la más alta Autoridad Ejecutiva, puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el referido Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47 del referido Decreto Legislativo, prevé que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. Asimismo, se precisa que, el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en adelante el “TUO de la LPAG”, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de la misma entidad; Que, en tal sentido, resulta procedente delegar facultades de la Jefatura de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, a ser ejercidas durante el ejercicio fi scal 2023, con la fi nalidad de desconcentrar las competencias y el ejercicio de funciones en materia de contratación pública, aprobación de modi fi caciones presupuestarias, temas administrativos, materia de bienes estatales e inversión pública y representación legal ante autoridades administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 78 del TUO de la LPAG; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Ofi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Texto Único Ordenado de Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y modi fi catorias, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1018, Decreto Legislativo que crea la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y, en uso de las atribuciones conferidas en los literales t) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar en el/la Gerente/a General de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, durante el Año Fiscal 2023, las siguientes facultades: 1.1 En materia de presupuesto:a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, que incluye sus anexos.