Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2023 (01/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Domingo 1 de enero de 2023 El Peruano / Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente. Asimismo, mediante O fi cio Nº 000126-2022- CG/SGE de fecha 30 de diciembre de 2022, la Contraloría General de la República informa que de acuerdo a lo señalado en el undécimo párrafo del numeral 7.3 Transferencias Financieras a favor de la Contraloría de la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente” , se ha ampliado el plazo solicitado para la efectivización de la transferencia fi nanciera requerida; Que, mediante el Informe Nº D000483-2022-OGPPM- OP-MINSA y el Informe Nº D000466-2022-OGPPM-OP-MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de su O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 19 670 078,00 (DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, según anexo adjunto, para fi nanciar las acciones de control concurrente de los Proyectos de Inversión del Programa Nacional de Inversiones en Salud PRONIS y el Programa de Creación de Redes Integradas de Salud PCRIS, a cargo del Pliego 011. Ministerio de Salud, en la Unidad Ejecutora 149. Programa de Creación de Redes Integradas en Salud y la Unidad Ejecutora 125. Programa Nacional de Inversiones en Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Con el visado del Programa Nacional de Inversiones en Salud, del Programa de Creación de Redes Integradas en Salud, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Salud y modi fi catorias; la Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 007-2022-EF/50.01; y la Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, que aprueba la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; SE RESUELVE: Artículo 1.- ObjetoAutorizar una Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud hasta por la suma S/ 19 670 078,00 (DIEZ Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de los Proyectos de Inversión según anexo adjunto, a cargo del Pliego 011. Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; de acuerdo con el detalle del Anexo 1: “Transferencia Financiera a favor del Pliego 019. Contraloría General” que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afecta con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011. Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 149. Programa de Creación de Redes Integradas en Salud y Unidad Ejecutora 125. Programa Nacional de Inversiones en Salud Categoría Presupuestaria: 9002. Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Acción de inversión: 6000053. Control Concurrente, Categoría de Gasto: 6. Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Finalidad: 0348747. Control Concurrente, partida de Gasto: 2.4. 2. 3. 1. 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Remisión Encargar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la Publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese y comuníquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2139689-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 del Ministerio de Salud, consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1124-2022/MINSA Lima, 30 de diciembre del 2022 Visto, el Expediente Nº OGPPM020220000211, que contiene el Memorándum Nº D001210-2022-OGPPM- MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº D000064-2022-OGPPM-OPEE-MINSA emitido por la O fi cina de Planeamiento y Estudios Económicos de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa Nº D000739-2022-OGAJ-MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley dispone que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema