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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2023 (14/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Sábado 14 de enero de 2023 El Peruano / FECHA DE CANCELACIÓN 28 DE FEBRERO DE 2023 CONTRIBUYENTESCONDICIÓN DEL DESCUENTO% DE DSCTO. SOBRE ARBITRIOS No tienen deuda anterior al año 2023Cancelación Total del Impuesto Predial 2023 (Anual) y de los doce meses (Anual) de los Arbitrios Municipales 2023.15% Tienen deuda anterior al año 2023 10% Artículo 6º.- INCENTIVOS PARA EL PAGO: Los contribuyentes que no tengan deuda anterior al año 2023 podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos: A. PAGO SEMESTRAL:Descuento del 10%, si cancelan un Semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2023, previo al pago total del Impuesto Predial Anual 2023. B. PAGO TRIMESTRAL:Descuento del 4% a partir del Segundo Trimestre de Arbitrios Municipales 2023 por el pago total del Impuesto Predial Anual 2023. Artículo 7º.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACIÓN QUE GENERA EL INCENTIVO Los incentivos establecidos en el artículo quinto de la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de los arbitrios Municipales determinados para el ejercicio fi scal 2023, según las fechas indicadas. Artículo 8º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El acogimiento a los bene fi cios contemplados en la presente ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la Administración considerará que ha operado la sustracción de la materia, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y periodo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano hasta el 28 de Febrero del 2023, disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria, www.munidelavictoria.gob.pe. Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria a través de la Subgerencia de Registro y Orientación al Contribuyente Recaudación y Ejecutoria Coactiva, O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Tercero.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga si fuera el caso. Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el Portal de la Entidad (www.munilavictoria.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase.RUBEN CANO ALTEZ Alcalde 2143124-1MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Punta Hermosa ORDENANZA Nº 467-MDPH Punta Hermosa,12 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA HERMOSA;VISTO: El Informe Nº 005 2023-GM-MPH de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 007-2023-OAJ-MPH de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº004-2023- OPPyM-MPH de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sobre el proyecto de ordenanza que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Punta Hermosa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 2º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, precisa que su fi nalidad es buscar que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la población, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identi fi car las responsabilidades especí fi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, el artículo 43º de los referidos lineamientos de organización, prescribe que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; asimismo, el artículo 46. 1º de dicha norma re fi ere que se requiere modi fi cación de un ROF en los siguientes supuestos: a. Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización. b. por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización, y c. por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica; Que, mediante la Ordenanza Nº 443-MPH, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la