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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / índole personal y profesional, quien solicita el retorno a su plaza de origen, esto es de Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Carhuaz, Distrito Fiscal de Áncash. Asimismo, se remite la propuesta de reemplazo. Que, con o fi cio N.º 533-2023-MP-FN-FSNCEDCF, cursado por la abogada Elma Sonia Vergara Cabrera, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual, entre otro, se eleva la carta de renuncia de la abogada Shelley Karen Ventura Cornejo, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz y destacada para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, por motivos personales, presentada en la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, la misma que cuenta con la conformidad respectiva. Que, mediante o fi cio N.º 69-2023-MP-FN- PJFSANCASH, suscrito por el abogado Marco Leopoldo De la Cruz Espejo, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, se precisa que la magistrada Kelly Lizbet Quisiverde Pizarro, sea designada en la plaza que quedará libre en mérito a la renuncia señalada en el párrafo precedente, y además ha manifestado que, por el momento no puede otorgar su consentimiento para ser destacada a otra fi scalía, solicitando ser designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, aceptar la renuncia de la abogada Kelly Lizbet Quisiverde Pizarro, retornarla a su plaza de origen, y aceptar la renuncia de la abogada Shelley Karen Ventura Cornejo; así como también, previa veri fi cación de los requisitos de ley, se debe disponer el nombramiento y designación del fi scal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Adjunto Superior, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Kelly Lizbet Quisiverde Pizarro, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Ica y su designación en el Despacho de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Ica, actualmente Despacho de la Ofi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 644-2020-MP-FN, de fecha 14 de mayo de 2020. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Shelley Karen Ventura Cornejo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz, así como su destaque para preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1746-2021-MP-FN y 2749-2022-MP-FN, de fechas 14 de diciembre de 2021 y 19 de diciembre de 2022, respectivamente. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación de la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado, Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta de Acora, Distrito Fiscal de Puno, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Acora, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 5314-2014-MP-FN, de fecha 12 de diciembre de 2014. Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en el Despacho de la O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto.- Designar a la abogada Kelly Lizbet Quisiverde Pizarro, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Carhuaz, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz. Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo cuarto tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, de conformidad a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que la Junta Nacional de Justicia nombre al titular de la plaza o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash, Ica y Puno, O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2144626-1 Designan fiscal en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 153-2023-MP-FN Lima, 19 de enero de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cio N.º 124-2023-MP-FN-FSCN- FECCO, cursado por el abogado Jorge Wayner Chávez Cotrina, Coordinador Nacional de las Fiscalías