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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2023 (22/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Domingo 22 de enero de 2023 El Peruano / Central, distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, de propiedad del señor Teo fi sto Delgado Ríos; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Establecer como objetivo general del Área de Conservación Privada Larga Vista I, la conservación del bosque y paisaje ribereño ubicados a orillas de la quebrada Shatuna, así como contribuir con la recuperación de la biodiversidad y los servicios ambientales asociados al Área de Conservación Privada Larga Vista I. Artículo 3.- Las obligaciones que se derivan del reconocimiento de la citada Área de Conservación Privada son inherentes a la super fi cie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte de los propietarios de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante la vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo. Artículo 4.- Disponer que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP inscriba ante la Superintendencia Nacional de los registros Públicos – SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada Larga Vista I, reconocida por el periodo de diez (10) años, según el siguiente detalle: 1. Usar el predio para los fi nes de conservación por los cuales ha sido reconocido. 2. Brindar al representante del SERNANP, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del Área de Conservación Privada. 3. Cumplir con su Ficha Técnica (Plan Maestro), la misma que tiene una vigencia de 5 años renovables. 4. Presentar al SERNANP un informe anual respecto al cumplimiento de los compromisos establecidos en la Ficha Técnica (Plan Maestro). 5. Comunicar por escrito al SERNANP en caso de: a) cambio de domicilio legal del propietario o del representante legal en un periodo máximo de un mes; b) cambio de representante legal y/o transferencia de propiedad en un periodo máximo de tres (03) meses, de efectuada la operación, adjuntando la copia simple del contrato de compra venta, o testamento, adelanto de herencia, entre otros, así como los datos de los nuevos propietarios (nombre y apellido completo, DNI, dirección legal, correo electrónico, número telefónico o celular). 6. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley Nº 26834, la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, así como los compromisos asumidos ante el SERNANP y demás normas que se emitan al respecto. Artículo 5.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de algún derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para ningún trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2145080-1 Designan Director de la Oficina de Tecnologías de la Información y la Comunicación del SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 013-2023-SENAMHI/PREJ Lima, 18 de enero de 2023VISTOS: El Memorando N° D000010-2023-SENAMHI-PREJ y el Informe N° D000002-2023-SENAMHI-ORH-RVR de fecha 17 de enero de 2023 de la O fi cina de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modi fi cada por la Ley N° 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú –SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 012-2023-SENAMHI/PREJ, de fecha 18 de enero de 2023, la Presidencia Ejecutiva dispuso se concluya la designación temporal del señor CARLOS ALEJANDRO HERR GARCIA en el puesto de Director de la O fi cina de Tecnologías de la Información y la Comunicación del SENAMHI, a partir del 23 de enero de 2023, por lo que el cargo se encontraría VACANTE a partir de dicha fecha; Que, mediante Memorando N° D000010-2023- SENAMHI-PREJ, 16 de enero de 2023, la Presidencia Ejecutiva del SENAMHI, solicita a esta O fi cina, evaluar el per fi l del profesional HÉCTOR FAUSTINO ANDRADE GIRÓN, con la fi nalidad de veri fi car si cumple con los requisitos exigidos para ocupar el puesto de Director de la O fi cina de Tecnologías de la Información y la Comunicación del SENAMHI, en base a las normativas vigentes; Que, a través del informe del Visto, la O fi cina de Recursos Humanos, señala que, de la evaluación integral efectuada al per fi l del profesional propuesto por la Presidencia Ejecutiva, se ha veri fi cado que cumple con los requisitos mínimos exigidos para asumir el cargo directivo de Director de la O fi cina de O fi cina de Tecnologías de la Información y la Comunicación, por lo que la designación propuesta es viable; Con el visado del Gerente General, de la Directora de la O fi cina de Recursos Humanos y del Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología- SENAMHI y su modi fi catoria Ley N° 27188; y el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor HÉCTOR FAUSTINO ANDRADE GIRÓN, a partir del 23 de enero de 2023, para ocupar el puesto de Director de la O fi cina de O fi cina de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución al señor HÉCTOR FAUSTINO ANDRADE GIRÓN a través de la O fi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO ANTONIO BAIGORRIA PAZ Presidente EjecutivoServicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI 2144562-1