Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (01/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de febrero de 2023 El Peruano / Pasaje aéreo de ida y vuelta: Lima – Buenos Aires (República de Argentina)-Lima US $ 1,239.09 x 1 persona = US $ 1,239.09 Gastos de traslado de ida y vuelta (equipaje, bagaje e instalación) US $ 4,926.36 x 2 x 1 persona = US $ 9,852.72 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero US $ 4,926.36 / 28 x 23 días x 1 persona = US $ 4,046.65US $ 4,926.36 x 10 meses x 1 persona = US $ 49,263.60US $ 4,926.36 / 30 x 4 días x 1 persona = US $ 3,496.13 Total general a pagar = US $ 67,898.19 Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Fuerza Aérea del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 6.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 7.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 8.- El O fi cial autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9.- El citado O fi cial está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2147403-1 Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0095-2023-DE Lima, 31 de enero de 2023VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000089-2023-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 00150-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00142-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante SITFAGRAMA Nº Control: PAR- 2022-076 del 08 de noviembre de 2022, el O fi cial de Enlace de la Fuerza Aérea Paraguaya remite al O fi cial de Enlace de la Fuerza Aérea del Perú la carta s/n de noviembre de 2022, mediante la cual, el Comandante de la Fuerza Aérea Paraguaya hace extensiva la invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú para que, acompañado de un (01) O fi cial Ayudante, participen en las celebraciones del “Centenario de la Aviación Militar Paraguaya 1923-2023”, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 21 al 23 de febrero de 2023. Asimismo, precisa que los gastos de alojamiento, alimentación y transporte terrestre serán cubiertos por la Fuerza Aérea Paraguaya; Que, con Informe Técnico Legal Nº 001, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaria General de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire Alfonso Javier ARTADI SALETTI y del Comandante FAP Ismael Aldo LÓPEZ HERMOSA, para que participen en la celebración del “Centenario de la Aviación Militar Paraguaya 1923-2023”, en el lugar y fechas programadas; Que, mediante Papeleta de Trámite Nº 000162-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio; Que, conforme a lo indicado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire Alfonso Javier ARTADI SALETTI y del Comandante FAP Ismael Aldo LÓPEZ HERMOSA para que participen en la citada actividad, por cuanto, permitirá fortalecer los lazos de cooperación mutua existentes con la Fuerza Aérea de Paraguay, así como, consolidar alianzas estratégicas que contribuirán al fortalecimiento de la imagen y presencia de la Fuerza Aérea del Perú en el ámbito internacional. Adicionalmente, se precisa que los gastos por concepto de alojamiento, alimentación y transporte terrestre serán cubiertos por la Fuerza Aérea Paraguaya, de acuerdo a lo señalado en la Carta de invitación de dicha Institución Armada, a excepción de los pasajes aéreos de ida y vuelta y TUA; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0006 DGVC- ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG; Que, asimismo, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000002, emitida por el Director de Presupuesto de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, a través del O fi cio Extra FAP Nº 000089-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire Alfonso Javier ARTADI SALETTI, y del Comandante FAP Ismael Aldo LÓPEZ HERMOSA para participar en la celebración del “Centenario de la Aviación Militar Paraguaya 1923-2023”, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 21 al 23 de febrero de 2023; así como, autorizar su salida del país el 20 de febrero y su retorno el 24 de febrero de 2023; Que, a través del O fi cio N° 00150-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones