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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (01/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de febrero de 2023 El Peruano / Numeral 1.1 del Artículo 1 DICE:“(...) 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 46 094 728,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, ...” DEBE DECIR:“(...) Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 46 094 728,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, ...” 2147748-1 EDUCACION Aprueban el Plan de Homologación del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2023-MINEDU Lima, 30 de enero de 2023 VISTOS, el Expediente N° MPD2022-EXT-0311384 que contiene el Informe N° 00035-2023-MINEDU/SG-OGA-OL de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° 00085-2023-MINEDU/SG-OGA de la O fi cina General de Administración; y, el Informe N° 00088-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, señala que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Jefatural N° 069-2020- PERÚ COMPRAS, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 16 de julio de 2020, PERÚ COMPRAS aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos” (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es establecer disposiciones generales y especí fi cas que regulen el proceso de Homologación de requerimientos, que realizan los Ministerios, en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo por las entidades y/o aquellos identi fi cados como estratégicos, estableciendo que dichas entidades deben conformar un equipo de trabajo denominado Equipo de Homologación con el número de integrantes titulares y suplentes que consideren necesarios para el cumplimiento de sus actividades; Que, en atención a lo dispuesto en su acápite IV, la Directiva es de cumplimiento obligatorio por los Ministerios que uniformizan los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través del proceso de Homologación, en aplicación de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de PERÚ COMPRAS; Que, las Disposiciones Generales de la Directiva precisan que el Plan de Homologación es el instrumento que identi fi ca oportunidades de Homologación, que sirve de apoyo a los Ministerios para plani fi car, ejecutar y realizar el seguimiento de los procesos de Homologación de requerimientos en el ámbito de sus competencias; asimismo, señala que PERÚ COMPRAS realizará el acompañamiento a los Ministerios en la elaboración y actualización de su Plan de Homologación, para lo cual coordinará con el Equipo de Homologación que cada Ministerio designe para tales efectos; Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.1 de la Directiva, PERÚ COMPRAS debe remitir a los Ministerios, hasta antes del cierre del ejercicio fi scal, el “Listado de los objetos que pueden ser homologados”, con la fi nalidad de que estos evalúen los objetos alcanzados, y de ser caso, determinen el inicio de los respectivos procesos de Homologación; Que, respecto a las funciones del Equipo de Homologación, el sub numeral 8.3.3 de la Directiva establece, entre otras, la de elaborar el Plan de Homologación y proponerlo para su aprobación al titular del Ministerio; asimismo, el sub numeral 8.4.1 de la Directiva precisa que los Ministerios elaborarán su Plan de Homologación, el cual deberá incluir los requerimientos a homologar y la fecha de inicio del proceso de Homologación. Su periodo de ejecución será anual y deberá ser actualizado cada año, hasta el último día hábil del mes de enero del ejercicio fi scal siguiente. El Plan de Homologación deberá incluir todos los requerimientos que han sido identi fi cados como oportunidades de Homologación por parte del Ministerio. Asimismo, se precisa que la formulación del Plan de Homologación deberá realizarse aplicando el formato del Anexo N° 1 “Formato de Plan de Homologación” de la Directiva; Que, de acuerdo a lo establecido en el sub numeral 8.4.3 de la Directiva, el Plan deberá ser aprobado y/o actualizado mediante Resolución Ministerial y remitirse a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de su aprobación, para su publicación en su portal institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2023-MINEDU de fecha 12 de enero de 2023, se conforma el Equipo de Homologación del Ministerio de Educación - MINEDU, y se dispuso que su Coordinador será el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración; Que, mediante el O fi cio N° 000778-2022-PERU COMPRAS-PERÚ COMPRAS de fecha 28 de diciembre de 2022, el Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS remite el Informe N° 000203-2022-PERÚ COMPRAS-DES elaborado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, mediante el cual se adjunta el listado de objetos que pueden ser homologados, con la fi nalidad que se realice la evaluación correspondiente y se proceda con la elaboración y/o actualización del Plan de Homologación. Asimismo, se convoca al Equipo de Homologación a reuniones de orientación para la elaboración del referido Plan de Homologación y se comunica que el plazo para que los Ministerios cumplan con remitir a PERÚ COMPRAS su Plan de Homologación vencerá el 31 de enero de 2023; Que, mediante Acta de fecha 25 de enero de 2023, el Equipo de Homologación remite la propuesta de Plan de Homologación del Ministerio de Educación, que consta de treinta y un (31) bienes a homologar para la aprobación por el titular del Ministerio; Que, mediante el Memorándum N° 00085-2023-MINEDU/SG-OGA, la O fi cina General de Administración remite a la O fi cina General de Asesoría