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139 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / ANEXO Nº 01 CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO 2019-2021 Nº ACTIVIDADES FECHA 01 CONVOCATORIA 20 DE ENERO DE 2023 02INSCRIPCIÓN DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y DELEGADOS ELECTORALES20 DE ENERO AL 30 DE ENERO DE 2023 03PUBLICACIÓN DEL PADRÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Y DELEGADOS ELECTORALES31 DE ENERO DE 2023 04 IMPUGNACIÓN Y TACHAS31 DE ENERO AL 01 DE FEBRERO DE 2023 05SUBSANACIÓN DE IMPUGNACIONES Y TACHAS02 DE FEBRERO DE 2023 06 APELACIÓN03 DE FEBRERO AL 06 DE FEBRERO DE 2023 07 PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN07 DE FEBRERO DE 2023 08PUBLICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL08 DE FEBRERO DE 2023 09ASAMBLEA DE DELEGADOS ELECTORES10 DE FEBRERO DE 2023 10 ELECCIONES10 DE FEBRERO DE 2023 LUGAR DE VOTACIÓN : AUDITORIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO HORA : 6:00 PM 2150316-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio - RIC CONCEJO MUNICIPAL ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2023-MDSA San Antonio, 10 de Enero del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE “SAN ANTONIO”: VISTO;En “Sesión Extraordinaria” de fecha 06 de Enero, la Propuesta del “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto – Departamento de Moquegua”, y; CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 12) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal el de aprobar por Ordenanza el Reglamento interno del Concejo Municipal, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma, que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la misma Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal el de aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el Reglamento Interno de Concejo - RIC es el instrumento normativo interno que establece reglamenta el ejercicio de las atribuciones y funciones del Concejo Municipal, de la convocatoria y desarrollo de las Sesiones de Concejo. Asimismo, determinan el funcionamiento de las comisiones internas. El Reglamento Interno de Concejo es aprobado mediante Ordenanza Municipal. La conformación del Concejo Municipal se encuentra descrita en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Título II Organización de los Gobiernos Locales, Capítulo Único de los Órganos de los Gobiernos Locales, en su artículo 5º establece que el concejo municipal, provincial y distrital, está conformado por el alcalde y el número de regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales; Que, mediante Opinión Legal N°001-2023-OGAJ/ MDSA, de fecha 06 de enero del 2023, dando la opinión PROCEDENTE a favor de la aprobación y promulgación de la ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, acorde con lo previsto en el numeral 8, del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y el Informe N° 003-2023-OGPP-GM/MDSA, de fecha 06 de enero del 2023, donde se emite opinión FAVORABLE sobre proyecto de Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Distrital de San Antonio. Que, mediante Ley N° 31216, se crea el distrito de San Antonio, con su capital San Antonio, en la provincia de Mariscal Nieto del departamento de Moquegua; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio – RIC, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - RIC Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital De San Antonio– RIC, la cual consta de XI Títulos, XIX Capítulos, 112 Artículos, 01 Disposición Complementaria, 01 Disposición Final y 01 Disposición Transitoria, que debidamente refrendado forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- FACULTAR al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, regule las disposiciones