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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (10/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 133

133 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / normativas y fi scalizadoras; y a la alcaldía, las funciones ejecutivas. Y de conformidad al inciso 6) del Artículo 195: es competencia de las Municipalidades Plani fi car el Desarrollo Urbano y Rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, incluyendo la zoni fi cación urbana y acondicionamiento territorial. Que, de acuerdo al Art. 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el rol de las Municipalidades Provinciales comprende: (a) Plani fi car integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Las municipalidades provinciales son responsables de promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de su provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital. (b) Promover, permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital. Los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales generales sobre la materia; Que, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible D.S. N° 022 – 2016-VIVIENDA, tiene por objeto regular los procedimientos técnicos que siguen los Gobiernos Locales a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano de sus circunscripciones, a fi n de garantizar: La ocupación racional y sostenible de los centros poblados urbanos y rurales, así como de sus ámbitos de in fl uencia. La armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad predial y el interés público. La reducción de la vulnerabilidad ante desastres, a fi n de prevenir y atender de manera oportuna las condiciones de riesgos y contingencias físico - ambientales. La coordinación de los diferentes niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local, para facilitar la participación del sector privado en la gestión pública local. La distribución equitativa de los bene fi cios y cargas que se deriven del uso del suelo. La seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria. La e fi ciente dotación de servicios a la población; Que, siendo un objetivo fundamental contar en defi nitiva con dos instrumentos de vital importancia como son el Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT) y Plan de Desarrollo Urbano (PDU), que coadyuvará a mejorar la gestión de la Municipalidad Provincial de Condorcanqui en aspectos relacionados con los procesos de acondicionamiento territorial desarrollo urbano los cuales incluyen la ocupación y uso plani fi cado del territorio, la organización físico espacial de las actividades humanas en cuanto a la distribución, jerarquía, roles y funciones de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural, la conservación y protección del recurso y patrimonio natural y cultural, el desarrollo de la inversión pública y privada, la zoni fi cación de los usos de suelo, sistema vial y de equipamientos, entre otros; Que, estando con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y con las facultades contenidas por el inciso 5 del artículo 9ª, artículo 39ª y 41ª de la Ley Orgánica de Municipalidades Nª 27972; Por lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el Art. 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales y con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal se aprueba la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (PAT) 2022-2042 Y PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE SANTA MARÍA DE NIEVA (PDU) 2022-2032 Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT) 2022-2042 para la Provincia de Condorcanqui y el Plan de Desarrollo Urbano para la ciudad de Santa María de Nieva (PDU) 2022 -2032 para el Distrito de Nieva, Provincia Condorcanqui, Departamento de Amazonas, concordantes a sus componentes técnicos (Memoria Descriptiva, Planos y Reglamentación)Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental, las acciones necesarias para el Cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- El Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT) 2022-2042 y el Plan de Desarrollo Urbano (PDU) 2022-2032, para el Distrito de Nieva, Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas, y su reglamentación prevalece respecto a cualquier norma Regional o Distrital y solamente podrá ser modi fi cado mediante Ordenanza Municipal siguiendo los procedimientos establecidos en el D.S. 012-2022-VIVIENDA. Artículo Cuarto.- La interpretación de los planes PAT y PDU corresponde a la Municipalidad Provincial de Condorcanqui. Sí al aplicarse los criterios interpretativos, subsistieran imprecisiones en la determinaciones o contradicciones entre ellos, prevalecerá la interpretación más favorable a la protección del ambiente, de los recursos naturales, de las áreas agrícolas y del patrimonio histórico, a la disminución de los riesgos, a la mejor articulación territorial, a los mejores espacios públicos, a los mejores servicios ciudadanos y en general al más amplio interés a la colectividad. Artículo Quinto.- Los aspectos no contemplados en los presentes planes y su respectiva reglamentación serán resueltos mediante Ordenanza Municipal aprobada por el concejo Municipal. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaría General la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en los carteles de la Municipalidad, y a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la difusión masiva y noti fi cación a todas las entidades públicas y privadas a nivel Provincial, así como la O fi cina de Tecnología y Comunicaciones la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Condorcanqui (https://www.gob.pe/municondorcanqui) Artículo Séptimo.- HÁGASE de conocimiento de la presente Ordenanza Municipal, a las instancias respectivas de la Municipalidad Provincial de Condorcanqui, así como a la Municipalidad Distrital de Nieva, Municipalidad Distrital de El Cenepa y Municipalidad Distrital de Río Santiago, para los fi nes pertinentes. Artículo Octavo.- ENCÁRGUESE al Despacho de Alcaldía dictar los procedimientos administrativos que requiera para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, conforme a Ley. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.HECTOR ORLANDO REQUEJO LONGINOTE Alcalde 2149946-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban el Plan Específico y la asignación de zonificación de RDB y RDM de diversos predios del Sector Luchihuasi, que corresponden a la Unidad de Gestión Urbanística del distrito y provincia de Huaral, y dictan diversas disposiciones ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2022-MPH-CM Huaral, 23 de noviembre de 2022