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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (11/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 11 de febrero de 2023 El Peruano / referida comisión, el mismo que se encuentra alineado al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030 del Poder Judicial, Políticas Públicas y Planes en materia de género, violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; y está debidamente sustentado a través del Informe N° 000004-2023-ST-CJG-PJ. Segundo. Que, el referido plan presenta actividades y tareas que permitirán continuar con la transversalización del enfoque de género en el Poder Judicial, el impulso de la aprobación de normatividad y la implementación de políticas institucionales que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, garantizando el derecho de acceso a la justicia en igualdad y libre de discriminación; así como el fortalecimiento de las capacidades de juezas, jueces, y personal jurisdiccional y administrativo en materias de igualdad, no discriminación y violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la mencionada propuesta. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 272-2023 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 1 de febrero de 2023, realizada con la participación de la señora y señores Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Actividades 2023 de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial expida las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de actividades. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2150943-2 Integran el literal a) del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 000416-2022-CE-PJ Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000071-2023-CE-PJ Lima, 10 de febrero del 2023 VISTO: El O fi cio N° 000030-2023-CR-UETI-CPP-PJ cursado por la señora Consejera Jessica Vanessa Medina Jiménez, Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000416-2022-CE-PJ, del 8 de diciembre de 2022, se estableció, en el artículo primero: “Disponer que las vacaciones en el Año Judicial 2023 para jueces, juezas y personal auxiliar, se harán efectivas del 1 de febrero al 2 de marzo de 2023; dictándose las medidas complementarias para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional”. Asimismo, en el artículo cuarto, se dispuso: “Establecer que durante el mes de vacaciones de jueces, juezas y personal auxiliar, a que se re fi ere el artículo primero, funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia que designarán las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo; así como, además, atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: a) Penal: Hábeas Corpus, cali fi cación de denuncias con detenidos, tramites de libertades, apelación de mandato de detención, tramite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones. (…)”. Segundo. Que la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, mediante O fi cio N° 000030-2023-CR-UETI-CPP- PJ, señala que teniendo presente que durante la visita de monitoreo y los informes de las Cortes Superiores de Justicia del país; se advierte que ante la sobrecarga de los órganos jurisdiccionales - Juzgados de Investigación Preparatoria, y del Ministerio Público, existen audiencias de prueba anticipada pendientes de realizarse. Tercero. Que, por ello, solicita se amplié la competencia en materia penal de los órganos jurisdiccionales de emergencia, para la reprogramación y atención inmediata de los requerimientos de prueba anticipada - declaración de víctimas del delito de la libertad sexual; en razón de la urgencia en su actuación y el objetivo de la misma, que es la de evitar que la información contenida en una fuente de prueba pueda verse alterada o desaparezca en un futuro cercano. Cuarto. Que, en tal sentido, con el objeto de satisfacer el derecho a la tutela jurisdiccional y contribuir a garantizar el Estado de derecho y la seguridad jurídica, con irrestricto respeto a los Derechos Humanos, en bene fi cio de los justiciables especí fi camente y de la sociedad en general, y al ser la prueba anticipada, una prueba de urgencia en su actuación, corresponde aprobar la propuesta presentada. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la emisión de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 291- 2023 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 1 de febrero de 2023, realizada con la participación de los señora y señores Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Integrar el literal a) del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 000416-2022-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del 8 de diciembre de 2022, cuyo texto será el siguiente: “a) Penal: Hábeas Corpus, cali fi cación de denuncias con detenidos, tramites de libertades, apelación de mandato de detención, tramite de procesos con reos en cárcel, homonimias, rehabilitaciones y pruebas anticipadas (cámara Gesell - en delitos de violación de la libertad sexual)”. Artículo Segundo.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores a nivel nacional, adoptarán las