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6 NORMAS LEGALES Jueves 16 de febrero de 2023 El Peruano / vayan a ser convocados por el Ministerio del Ambiente, así como modi fi car su conformación. d) Solicitar la emisión de Informe Previo a la Contraloría General de la República, así como, presentar la subsanación y/o remitir la información complementaria o adicional requerida. e) Aprobar la decisión de llevar a cabo el proceso de selección. f) Aprobar las bases de los procesos de selección.g) Suscribir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos donde conste el compromiso del Ministerio del Ambiente de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria, los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certi fi cados de Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público”, en los años fi scales siguientes y por todo el período de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento y/u operación, de ser el caso. h) Autorizar, la aprobación de importes que exceden hasta en diez por ciento (10%) el Monto Total de Inversión Referencial, cuando la propuesta económica lo exceda, a fi n que se pueda adjudicar la buena pro de los procesos de selección convocados bajo el mecanismo de Obras por Impuestos. i) Comunicar, previa opinión técnica de las áreas competentes y de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la relevancia o no de los proyectos de inversión, actualización del estudio de preinversión, de la fi cha técnica o del expediente técnico del proyecto declarado viable en el Invierte.pe, que hayan sido propuestos por las empresas privadas, a través de cartas de intención dirigidas al Ministerio del Ambiente. j) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos de supervisión celebrados por el Ministerio del Ambiente. k) Aprobar y autorizar a la empresa privada para que inicie las actividades previstas en el Documento de Trabajo, en caso la empresa privada identi fi que la necesidad de realizar modi fi caciones en la fase de inversión, y dicha propuesta cuente con la opinión favorable del órgano competente. l) Autorizar que el nuevo monto de inversión del proyecto registrado en el Banco de Inversiones de Invierte.pe, con posterioridad a su declaratoria de viabilidad y priorización, sea recogido en el Monto Total de Inversión Referencial en la convocatoria y las bases del proceso de selección, para todos los casos. m) Autorizar, previo sustento técnico legal de la unidad ejecutora de inversiones, las mayores prestaciones hasta por un máximo del cincuenta por ciento (50%) del costo de supervisión establecido en el Contrato original, y la ampliación de plazo en el Contrato de Supervisión que se originen por variaciones o modi fi caciones al Proyecto durante la fase de ejecución. n) Aprobar, previo informe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, las especi fi caciones técnicas y económicas para la contratación de la entidad privada supervisora. o) Resolver los recursos de apelación y de trato directo. p) Disponer que, a través de la O fi cina de Abastecimiento, se registre en el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE) la convocatoria, las Bases con todos sus anexos, las Bases integradas, la evaluación de propuestas y otorgamiento de la buena pro, así como el convenio y/o contrato de supervisión. q) Cancelar total o parcialmente el proceso de selección, por causal de caso fortuito, fuerza mayor, desaparición de la necesidad o aspectos presupuestales. r) Autorizar la variación o modi fi cación al costo de mantenimiento previsto en el expediente de mantenimiento, que se produzca durante su ejecución, siempre que se deriven de eventos de fuerza mayor, caso fortuito o modi fi caciones de los niveles de servicios a solicitud del Ministerio del Ambiente; así como, suscribir la adenda correspondiente. Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Secretario/a General. Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio del Ambiente las siguientes facultades y atribuciones:2.1 Facultades en materia presupuestal y fi nanciera: Aprobar la Matriz de Compromisos de Mejora de Desempeño a que se re fi ere la Directiva N° 007-2019- EF/50.01, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2019-EF/50.01. 2.2 Facultades de representación:a) Autorizar las contrataciones y suscribir el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”, así como autorizar las prórrogas o renovaciones de los contratos de locación de servicios, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG), que se requieran en su respectivo despacho, en el Despacho Ministerial y en los órganos dependientes de la Secretaría General, en el marco del Decreto Ley N° 25650. b) Remitir a la Unidad Transitoria de Pago las solicitudes de pagos de los Profesionales Altamente Cali fi cados (PAC); así como, comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el Personal Altamente Cali fi cado (PAC) deje de prestar servicios en el Sector, bajo cualquier causa y/o motivo, en el marco de la Ley N° 29806. c) Suscribir, en el marco de sus respectivas competencias y funciones, convenios de cooperación interinstitucional, acuerdos, memorandos o cartas de entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad nacional pública o privada, o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales, siempre que no sean privativas a la función de Ministro/a del Ambiente. d) Suscribir en representación del Ministerio del Ambiente, la documentación que deba ser remitida a la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales” aprobada por Resolución de Contraloría Nº 035-2022-CG, o norma que la modi fi que o sustituya. e) Representar al Titular de la Entidad y/o designar a los representantes del Ministerio del Ambiente ante comisiones multisectoriales, comisiones, comités y grupos de trabajo u otros análogos donde participan los programas o intervenciones del Ministerio del Ambiente o del sector, en los casos que la normativa lo permita. f) Solicitar, ante el Jurado Electoral Especial o a quien corresponda, autorización previa para la difusión de avisos o mensajes publicitarios que se consideren de impostergable necesidad o utilidad pública, a ser difundidos por radio o televisión, en periodo electoral, de conformidad a la normativa sobre la materia. g) Presentar, ante el Jurado Electoral Especial o a quien corresponda, el reporte posterior, en los casos de publicidad estatal difundida a través de medios distintos a la radio y a la televisión, en razón de necesidad o utilidad pública, en periodo electoral, de conformidad a la normativa sobre la materia. h) Suscribir y/o presentar por medio digital, la rendición de cuentas del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, de acuerdo al artículo 23 del Texto Único Ordenado del del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. 2.3 Facultades en materia administrativa:a) Aprobar las modi fi catorias del Plan Estratégico Institucional. b) Aprobar las modi fi catorias del Plan Operativo Institucional. c) Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; así como las modi fi catorias que se requieran. d) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente – Administración General. e) Aprobar los instrumentos de gestión, tales como metodologías, planes estratégicos y operativos, reglamentos, lineamientos, guías, manuales, protocolos