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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (16/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 16 de febrero de 2023 El Peruano / Zona: 18 Área: 17 411.52 m² (1.7411 ha)Perímetro: 565.58 ml SITIO ARQUEOLOGICO CAHUIDE VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) A A-B 61.10 113°8’12” 284227.9909 8670262.3099 B B-C 8.80 160°36’52” 284289.0787 8670261.0219 C C-D 10.12 167°59’41” 284297.3131 8670257.9279 D D-E 15.13 172°8’44” 284305.8398 8670252.4751 E E-F 5.34 170°49’31” 284317.3491 8670242.6614 F F-G 14.92 156°31’35” 284320.8066 8670238.5949 G G-H 10.76 170°13’20” 284325.1426 8670224.3220 H H-I 47.30 170°9’7” 284326.4763 8670213.6460 I I-J 27.74 200°54’25” 284324.2254 8670166.3948 J J-K 42.15 110°30’51” 284332.8800 8670140.0400 K K-L 21.44 165°59’23” 284299.9809 8670113.6886 L L-M 31.55 208°37’30” 284280.4963 8670104.7333 M M-N 8.75 78°5’55” 284261.6468 8670079.4367 N N-O 7.74 171°3’18” 284255.8566 8670086.0026 O O-P 9.84 218°39’26” 284251.7007 8670092.5356 P P-Q 20.17 226°59’0” 284242.3894 8670095.7199 Q Q-R 20.46 149°57’11” 284224.6000 8670086.2200 R R-S 27.80 65°45’1” 284204.1481 8670086.9141 S S-T 28.67 190°1’52” 2 284216.4172 8670111.8552 T T-U 12.98 181°5’40” 284224.3971 8670139.3898 U U-V 16.28 208°36’33” 284227.7724 8670151.9271 V V-W 36.06 220°22’58” 284223.9614 8670167.7509 W W-A 80.48 101°43’54” 284194.8154 8670188.9859 TOTAL 565.58 3779°59’59” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 003-2023-MRC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 24 de enero de 2023, elaborado por la especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 000109-2023-DSFL/MC, Informe N° 000006-2023-DSFL-MDR-MC y el plano perimétrico con código N° PP-00035-MC-DGPA-DSFL-2014 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectaciónxParalizar cualquier obra no autorizada que se ejecute contraviniendo, cambiando o desconociendo las especi fi caciones técnicas y las que afecten de manera directa o indirecta el M.A.P. Señalización xMonumentalización de hitos y señalización ofi cial adicional a la que se tiene en el sitio arqueológico. Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios:xRetiro de estructuras precarias y elementos ajenos al sitio arqueológico. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma.Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 003-2023-MRC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, el Informe N° 000109-2023-DSFL/MC, Informe N° 000006-2023-DSFL-MDR/MC e Informe Nº 000027-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-00035-MC-DGPA-DSFL-2014 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS DirectorDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2151710-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Directora de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria de la Dirección General de Gestión Territorial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0060-2023-MIDAGRI Lima, 15 de febrero de 2023VISTOS: La Nota Interna Nº 0104-2023-MIDAGRI-SG de fecha 14 de febrero de 2023, de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Memorando Nº 0238-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, que adjunta el Informe Nº 0083-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, de la Ofi cina de Desarrollo del Talento Humano; y, el Informe Nº 0189-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0266-2022-MIDAGRI, se designó a la señora Elizabeth León Minaya, en el cargo de Directora de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria de la Dirección General de Gestión Territorial del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; siendo necesario aceptar la renuncia formulada al citado cargo y, designar a la profesional que lo desempeñará; Con las visaciones del Secretario General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos