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76 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2023 El Peruano / Municipalidad Distrital de Huabal dictándose las normas que cautelen su cumplimiento; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº01-2023- MDH, se encuentra validada la Aprobación de declarar como bienes de dominio Público, así como cuentas inembargables e intangibles, las Cuentas corrientes mantenidas en el Sistema Financiero Nacional, cuya titularidad corresponde a la Municipalidad Distrital de Huabal; Estando a lo expuesto, contando con la aprobación por Unanimidad del Concejo Municipal en Pleno, en el cumplimiento de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA DECLARAR COMO BIENES DE DOMINIO PÚBLICO, ASÍ COMO CUENTAS INEMBARGABLES E INTANGIBLES, LAS CUENTAS CORRIENTES MANTENIDAS EN EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL, CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUABAL Artículo Primero.- DECLARAR como BIENES DE DOMINIO PÚBLICO, así como CUENTAS INEMBARGABLES E INTANGIBLES, las Cuentas Corrientes mantenidas en el Sistema Financiero Nacional (Banco de la Nación), cuya titularidad corresponde a la Municipalidad Distrital de Huabal, debido a que los saldos dinerarios que se mantienen en las citadas cuentas están destinados a satisfacer intereses y fi nalidades públicas, las cuales son: ENTIDAD FINANCIERA: BANCO DE LA NACIÓN Nº DE CUENTA CORRIENTEDENOMINACIÓN DE LA CUENTA 00291015816 PRESUPUESTO00291016022CUENTA CENTRAL DE RECURSOS DETERMINADOS 00291030416 ENDEUDAMIENTO INTERNOENTIDAD FINANCIERA: BANCO DE LA NACIÓN Nº DE CUENTA CORRIENTEDENOMINACIÓN DE LA CUENTA 00291038859 FONDO BINACIONAL PERÚ – ECUADOR00291042260RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 00291042279 RETENCIONES 10% LEY 28015 ART. 21 00291052630 CTA. CTRAL. IMPUESTOS MUNICIPALES 00291052967EJECUCIÓN DE CARTAS FIANZAS POR GARANTÍAS Artículo Segundo.- COMUNICAR la presente Ordenanza Municipal a las o fi cinas del Banco de la Nación, entidad en la cual se encuentran aperturadas dichas Cuentas Corrientes, a efectos que tome conocimiento de la presente disposición normativa. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Municipal, por una sola vez, en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la provincia de Jaén, encargando al Responsable de la O fi cina de Secretaria General e Imagen Institucional, efectuar el trámite respectivo. Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO de la la presente Ordenanza a los órganos jurisdiccionales pertinentes en los que se tramitan procesos judiciales que involucran efectos pecuniarios. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto toda disposición o disposiciones que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, según corresponda. POR CUANTO:Regístrese, comuníquese y publíquese.RONALD SANDOVAL VILCHEZ Alcalde 2152160-1