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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (17/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2023 El Peruano / Así mismo, en su artículo 6°, señala que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y e fi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento armonizado con la dinámica demográ fi ca, en el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, encaminado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, el artículo 61°, del mismo cuerpo legal, sobre las funciones del Gobierno Regional en materia de Defensa Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, controlar y administrar las políticas regionales en materia de defensa y seguridad ciudadana, en concordancia con la política general, del Gobierno y los planes sectoriales y locales y literal C) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damni fi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas; Que, el Decreto Supremo N° 010-2019-IN - Decreto Supremo que modi fi ca el Decreto Supremo N° 011- 2014-IN - Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en el artículo 9° aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, donde se señala lo siguiente: “El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnico normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los lineamientos y procedimientos relacionados con el diseño, la implementación y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable del funcionamiento estructurado, articulado y descentralizado de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”. Así mismo, el artículo 17° inciso “a”) de este mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana; proponer ante el Gobierno Regional la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana alineado al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y sus medidas sectoriales, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y regional, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; Que, el mismo Texto Legal, citado en el párrafo precedente, en su artículo 47° establece que: las Secretarías Técnicas de los Comités son los responsables de formular y presentar las propuestas de planes de Acción de Seguridad Ciudadana ante los respectivos Comités. Estos después de evaluar las propuestas de Planes de Acción de Seguridad Ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 2056- 2019-IN, se aprueba la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, la cual señala los “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”, la misma que en su capítulo VII. Disposiciones Especí fi cas, numeral 7.6. Aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana por el Consejo Regional; sub numeral 7.6.2. Dispone que, El Consejo Regional aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana (PARSC) mediante Ordenanza Regional, incorporando el PARSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, mediante Acta de fecha 04 de octubre del 2022, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de La Libertad, validó el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 La Libertad; Que, mediante Informe N°00104-2022/IN/DGSC/ DEPSC/ETPP/CMS, de fecha 08 de noviembre de 2022, EL Equipo de Trabajo de Planes y programas DGSC – Ministerio del Interior, concluye: “3.1. La propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana para el año 2023 de la región La Libertad, ha sido presentado por mesa de partes virtual del MININTER, obrando con registro RUD N°20220005074318 del 24OCT2022. 3.2. La propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la región La Libertad para el año 2023, ha sido formulado De conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC, por lo que se considera “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”. 3.3. El Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, puede ser ajustado, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos, mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño (Art. 46.- DS. N° 011-2014-IN. Reglamento de la Ley N° 27933, Modi fi cado DS. N° 010-2019-IN del 08MAY2019”; Que, con Informe Técnico N° 000047-2022-GRLL- GGR-ORDN-SGSC, de fecha 30 de noviembre de 2022, suscrito por el Subgerente de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional La Libertad, se remite el Informe a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, el cual concluye que el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 – La Libertad ha sido diseñada en estricta observancia de las disposiciones contempladas en la Directiva N° 09-2019-IN-DGSC “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”, aprobada con Resolución Ministerial N° 2056-2019-IN del 20DIC2019; Que, con Informe Legal Nº 000189-2022-GRLL- GGR-GRAJ, de fecha 12 de diciembre del 2022, el Abog. Nelson Iván Lozano Chávez, Gerente Regional de Asesoría Jurídica, emite OPINIÓN LEGAL FAVORABLE al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LA LIBERTAD 2023; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modi fi catoria Ley N° 27902. Asimismo, por voto unánime se consideró APROBAR el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, La Libertad; validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), mediante Acta de fecha 04 de octubre del 2022; de conformidad con lo establecido en el artículo 17°, inciso a) del del Decreto Supremo N° 010-2019-IN - Decreto Supremo que modi fi ca el Decreto Supremo N° 011-2014-IN - Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, a través de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, dispongan que la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), en el marco de su competencia funcional, adopten las medidas necesarias para la implementación del “Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2023, La Libertad” debiendo informar trimestralmente a la Dirección Nacional de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, así como al Gobernador Regional y los miembros del Consejo Regional, sobre los avances en la implementación de los planes de seguridad ciudadana. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, diario de mayor circulación de la Región, en el portal web institucional del Gobierno Regional de la Libertad y en el portal electrónico de la Secretaria Técnica Regional de Seguridad Ciudadana, respectivamente.