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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (18/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 18 de febrero de 2023 El Peruano / FISSAL emite opinión favorable y a través del Memorando N° 132-2023-SIS-FISSAL/OPP otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 259, hasta por la suma de S/ 23 713 083.00 (veintitrés millones setecientos trece mil ochenta y tres y 00/100 Soles) para la transferencia fi nanciera correspondiente al calendario febrero 2023 - II, programada por la DIF del FISSAL y destinada al fi nanciamiento de las prestaciones de salud por el mecanismo de pago: pago por prestación brindadas a los asegurados SIS con cobertura FISSAL; Que, mediante Informe Nº 045-2023-SIS-FISSAL/ OAJ, la Directora Ejecutiva (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica - OAJ del FISSAL señala que la propuesta de transferencia fi nanciera cuenta con la correspondiente conformidad presupuestal emitida por la OPP del FISSAL, por lo cual recomienda que sea remitida a la Jefatura del Seguro Integral de Salud para su aprobación; Que, a través del O fi cio N° 188-2023-SIS-FISSAL/J, la Jefa (e) del FISSAL solicita la aprobación de la propuesta de transferencia fi nanciera correspondiente al calendario febrero 2023 - II, conforme al detalle del Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario febrero 2023 - II - Financiamiento de Prestaciones de Salud – Acta de Compromisos” que adjuntan al citado o fi cio; Que, mediante Memorando N° 000344-2023-SIS/ OGPPDO, la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario febrero 2023 - II, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/ 23 713 083.00 (veintitrés millones setecientos trece mil ochenta y tres y 00/100 Soles); Que, a través del Informe Legal N° 000077-2023- SIS/OGAJ, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera que resulta viable que el Jefe del SIS en su condición de Titular del Pliego emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras detalladas por el FISSAL en el Anexo N° 1 adjunto al O fi cio N° 188-2023-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud que se brinden a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, de conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 23 713 083.00 (VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario febrero 2023 - II - Financiamiento de Prestaciones de Salud – Acta de Compromisos”, que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, en el marco de los Convenios, adendas y Actas de compromisos suscritos. Artículo 2.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo N° 1 en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2153021-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dan por concluida designación e incorporan a magistrado como Juez Titular del Trigésimo Tercer Juzgado Civil de Lima Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000097-2023-P-CSJLI-PJ Lima, 17 de febrero del 2023VISTO:La Resolución N° 068-2023-JNJ de fecha 15 de febrero del 2023; y, CONSIDERANDOS: Mediante resolución de visto, la Junta Nacional de Justicia procedió al nombramiento en este Distrito Judicial del Magistrado EDWIN ARTURO SOVERO PEÑALOZA, como Juez Especializado Civil del Distrito Judicial de Lima. Asimismo, en la fecha; la Junta Nacional de Justicia, procedió al Acto de Proclamación, Juramentación y entrega de Título al Magistrado nombrado en calidad de Juez Titular el cual deberá ser incorporado a esta Corte Superior de Justicia, motivo por el cual corresponde al Despacho de la Presidencia proceder a la Incorporación del señor Juez nombrado lo que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional; por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada DIANA ANGELA PASCUAL SERNA al cargo de Jueza Supernumeraria del Trigésimo Tercer Juzgado Civil de Lima a partir del 20 de febrero del presente año, debiendo retornar a su plaza de origen. Artículo Segundo.- DISPONER LA INCORPORACION a la labor jurisdiccional del magistrado EDWIN ARTURO SOVERO PEÑALOZA, como Juez Titular del Trigésimo Tercer Juzgado Civil de Lima a partir del 20 de febrero del presente año.