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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (23/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 23 de febrero de 2023 El Peruano / personal en situación de actividad militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, así como el monto por concepto de Subsidio Póstumo y por Invalidez para los pensionistas del Decreto Ley N° 19846, aprobadas mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 293-2016-EF, dispone que la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida corresponde al personal militar de las Fuerzas Armadas o policial de la Policía Nacional del Perú que presta sus servicios en forma real y efectiva en distritos, provincias y/o departamentos que hayan sido declarados en Estado de Emergencia, con el objeto de garantizar el derecho de los ciudadanos al orden, a la tranquilidad pública, al adecuado funcionamiento de los servicios básicos y al normal abastecimiento de víveres y medicinas, así como el personal militar y policial designado, reasignado o destacado en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM y que preste sus servicios en las zonas declaradas en Estado de Emergencia en dicho Valle; siendo que dicha boni fi cación se percibe de acuerdo a los montos fi jados en el referido artículo; Que, mediante los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 009-2023-PCM, el Poder Ejecutivo declara a partir del 15 de enero de 2023, por el término de treinta (30) días calendario, el Estado de Emergencia en los departamentos de Puno, Cusco y Lima, en la Provincia Constitucional del Callao, en la provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac, en las provincias de Tambopata y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios y en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto del departamento de Moquegua; así como en las carreteras de la Red Vial Nacional: Carretera Panamericana Sur, Carretera Panamericana Norte, Carretera Central, Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa y Corredor Vial Interoceánica Sur; donde la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 010-2023-PCM, el Poder Ejecutivo declara por el término de treinta (30) días calendario, el Estado de Emergencia en los departamentos de Amazonas, La Libertad y Tacna, donde la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 018-2023-PCM, deja sin efecto la declaratoria del Estado de Emergencia en los departamentos de Puno y Cusco, en la provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac, en las provincias de Tambopata y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, y en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto del departamento de Moquegua; así como la declaratoria del Estado de Emergencia en el departamento de Tacna dispuesta en el Decreto Supremo N° 010-2023-PCM; Que, mediante los O fi cios N° 000064-2023/IN/ DM, N° 000567-2023/IN/SG y N° 000072-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar el pago de la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida del personal policial de la Policía Nacional del Perú en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia establecida en los Decretos Supremos N° 009-2023-PCM y N° 010-2023-PCM; adjuntado, para dicho efecto, los Informes N° 000076-2023/IN/OGPP/OP y N° 000084-2023/IN/OGPP/OP, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando N° 0119-2023- EF/53.04, que adjunta el Informe N° 0069-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y la información remitida por el Ministerio del Interior, señala el costo estimado para el fi nanciamiento de la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida del personal policial en zonas declaradas en Estado de Emergencia;Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 63 849 107,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio del Interior, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 63 849 107,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, para fi nanciar el pago de la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida del personal policial de la Policía Nacional del Perú en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia establecida en los Decretos Supremos N° 009-2023-PCM y N° 010-2023-PCM, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 63 849 107,00 =========== TOTAL EGRESOS 63 849 107,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : M. del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 63 849 107,00 =========== TOTAL EGRESOS 63 849 107,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución,