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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (24/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 24 de febrero de 2023 El Peruano / Multianual de Inversiones, la cual consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección trianual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo, entre otros, de los Sectores; Que, los numerales 5.1 y 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, dispone que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Ofi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; asimismo, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, Regional o Local según corresponda, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias; Que, el numeral 13 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 179-2020-EF y Decreto Supremo Nº 231-2022-EF, en adelante el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que el Programa Multianual de Inversiones contiene el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios, los criterios de priorización y la cartera de inversiones bajo la responsabilidad funcional de un Sector; o a cargo de un Gobierno Regional, Gobierno Local o empresa pública bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, incluido el Seguro Social de Salud - ESSALUD; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, señala que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector. Asimismo, en los incisos 1. y 4. del numeral 9.3 del citado artículo, dispone que, es función del Órgano Resolutivo del Sector, aprobar el Programa Multianual de Inversiones del Sector, así como las modi fi caciones de los objetivos priorizados e indicadores establecidos en el Programa Multianual de Inversiones, las brechas identi fi cadas y los criterios de priorización de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración del citado Programa, de acuerdo a las medidas sectoriales defi nidas por los Sectores; Que, el numeral 10.1 y el inciso 1. del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 establece que, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector; teniendo, entre otras funciones, la de elaborar el Programa Multianual de Inversiones del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones respectivas, así como con los órganos que desarrollan las funciones de planeamiento estratégico y presupuesto y con las entidades y empresas públicas agrupadas al Sector; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 dispone que la fase de Programación Multianual de Inversiones se realiza con una proyección trianual, como mínimo, contado desde el año siguiente a aquel en el que se efectúa la programación; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 y modi fi catorias, establece que el Programa Multianual de Inversiones sectorial, regional y local es aprobado mediante la resolución o acto correspondiente por el Ministro, Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el Gobernador Regional y por el Alcalde, respectivamente; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 325-2022-MINCETUR, se aprueban los Criterios de Priorización Sectorial y se dispone derogar la Resolución Ministerial Nº 019-2020-MINCETUR, la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, así como la Resolución Ministerial Nº 228-2022-MINCETUR; Que, con Resolución Ministerial N° 363-2022-MINCETUR, se aprueba la modi fi cación de los Indicadores de Brecha de Acceso a los Servicios del Sector Comercio Exterior y Turismo, contemplados en el Programa Multianual de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo, aprobados por Resolución Ministerial Nº 050-2020-MINCETUR, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 229-2021-MINCETUR; Que, con Memorándum Nº 214-2023-MINCETUR/SG/ OGPPD, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, como órgano encargado de realizar las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo, remite el Informe Nº 0016-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP, que sustenta y propone el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2024 – 2026, que contiene: (a) Los Indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a los servicios de responsabilidad funcional del Sector Comercio Exterior y Turismo; (b) El Diagnóstico de la situación actual de las brechas de infraestructura o de acceso a los servicios de responsabilidad funcional del Sector Comercio Exterior y Turismo; (c) Los Criterios de Priorización de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo; y (d) La Cartera de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, en el marco de las normas antes señaladas y teniendo en consideración la propuesta formulada por la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, en su calidad de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, corresponde emitir la Resolución Ministerial que apruebe el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo, para el periodo 2024 – 2026; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 y modi fi catorias; y, la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2024 - 2026 Aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2024 – 2026, que contiene el Diagnóstico de Brechas de Infraestructura y/o Acceso a Servicios Públicos, los Criterios de Priorización y la Cartera de Inversiones 2024 – 2026 del Sector Comercio Exterior y Turismo, que en Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial y del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2024 - 2026 a la Dirección General de Programación