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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (24/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 24 de febrero de 2023 El Peruano / de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, en base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y por el Ministerio de la Producción mediante el O fi cio Nº 000016- 2023-INEI/JEF y el O fi cio Nº 00000055-2023-PRODUCE/ DVPA respectivamente, y conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27506, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado los cálculos correspondientes para la determinación de los índices de distribución del canon pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al segundo semestre del año 2022; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los índices de distribución del canon pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al segundo semestre del año 2022; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27506, Ley de Canon; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-EF; y, en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Aprobar los índices de distribución del canon pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al segundo semestre del año 2022, a ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales bene fi ciados, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2154467-1 PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas COMUNICADO Nº 005-2023-EF/54.01 ORIENTACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES MUEBLES PATRIMONIALES CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2022 (DIRECTIVA Nº 0006-2021-EF/54.01) La Dirección General de Abastecimiento (DGA), como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), comunica a las Entidades del sector público lo siguiente: 1. De conformidad con lo previsto en la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, incorporada mediante la Resolución Directoral Nº 0006- 2022-EF/54.01, todas las Entidades del Sector Público bajo el ámbito de aplicación de la citada Directiva deben cumplir con la presentación del inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año fi scal 2022, cuyo plazo máximo de presentación es hasta el 15 de marzo del año 2023. 2. Solo ante circunstancias debidamente justi fi cadas, se puede proceder con la veri fi cación digital de los bienes muebles patrimoniales en lugar de la veri fi cación física, conforme con lo establecido en el numeral 35.4 del artículo 35 de la citada Directiva. 3. Desde el 01 de enero del presente año se encuentra activo el Módulo de Bienes Muebles del SINABIP Web para presentar el inventario patrimonial de Bienes Muebles correspondiente al año fi scal 2022, al cual se accede por medio del enlace: https://apps4.mineco.gob.pe/SGISBN/sinabip.php , y donde debe registrarse lo siguiente: • Relación de bienes muebles • Informe Final de Inventario• Acta de Conciliación de Inventario 4. La DGA se encuentra obligada a remitir a la Contraloría General de la República la relación de entidades que no cumplan con presentar en el inventario de bienes muebles patrimoniales en el modo y plazo establecido; por lo que se exhorta a todas las Entidades del Sector Público, bajo el ámbito de aplicación de la Directiva Nº 0006-2021-EF/54.01, a cumplir con la obligación de presentar el inventario patrimonial de bienes muebles correspondiente al año fi scal 2022. Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe Lima, 23 de febrero de 2023 Dirección General de Abastecimiento 2154587-1 Ministerio de Economía y Finanzas