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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2023 (23/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2023 El Peruano / progresivamente la adecuación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a los nuevos formatos del TUPA, los cuales son registrados y costeados mediante el aplicativo informativos SUT. Que, en relación a ello, la presente propuesta de actualización y/o modi fi cación y Consolidación del Texto único de Procedimientos Administrativos- TUPA del Gobierno Regional San Martín se plantea por 3 razones: 1. Adecuación a nuevos formatos TUPA de dependencias del GORESAM cuyos procedimientos no han sido registrados y costeados en el SUT. 2. Modi fi cación y/o actualización de requisitos, base legal, cambio de denominación de procedimientos, plazos de atención, plazos de recursos de reconsideración e incorporación de nuevos procedimientos de dependencias incorporadas en el SUT y 3. Consolidación de todos los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vigentes para su aprobación en una sola ordenanza regional; Que, en ese contexto, la O fi cina Regional de Administración, mediante Informe Técnico N° 2-2023-GRSM/ORA, de fecha 08 de junio de 2023, dirigido a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, concluyó en el numeral 4.1. Que de lo actuado, y de acuerdo al Decreto Supremo N° 064-2010-PCM que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas, así como el Decreto legislativo N° 1203 el Sistema único de trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, se ha determinado los costos de 39 procedimientos administrativos y 15 servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Agricultura; 25 procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Educación; 79 procedimientos administrativos y 02 servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Energía y Minas; 46 procedimientos administrativos y 04 servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; 52 procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Producción; 45 procedimientos administrativos y 16 servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Salud; 50 procedimientos administrativos y 11 servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones; 17 procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Comercio exterior y Turismo; 77 procedimientos administrativos y 01 servicio prestado en exclusividad de La Autoridad Regional Ambiental; 01 procedimiento administrativo de la Secretaría General; y 01 servicio prestado en exclusividad de la O fi cina Regional de Seguridad y Defensa Nacional. Asimismo, recomienda en el numeral 4.2. A través de su despacho prosiga el trámite correspondiente, para lo cual remitimos la determinación de los costos generados correctamente en el aplicativo web sistema único de trámites “SUT”, que sustentan los derechos de tramitación, con la fi nalidad de continuar el proceso de aprobación mediante Ordenanza Regional del TUPA del GORESAM, según la normativa vigente Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2018- PCM/SGP; Que, mediante documentos que obran en el expediente, la Dirección Regional de Agricultura, la Autoridad Regional Ambiental, el Archivo Regional, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Dirección Regional de Educación, La Dirección Regional de Energía y Minas, la O fi cina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, la Dirección Regional de Producción, la Dirección Regional de Salud, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones; remiten procedimiento y servicios veri fi cados para ser registrados y costeados en el SUT, para lo cual adjuntan el Anexo 1: Formato de Publicación Final, Anexo 2: Tabla ASME y Formato B: Sustento técnico legal, con el fi n de actualizar y/o modi fi car el TUPA del Gobierno Regional San Martín; Que, con Nota Informativa N° 232-2023-GRSM/GRPyP, de fecha 13 de junio de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, remite al Gerente General Regional la propuesta de actualización y/o modi fi cación y consolidación del Texto Único de Procedimiento Administrativos – TUPA del Gobierno Regional San Martín, correspondientes a las dependencias que cuentan con procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, mediante Informe Legal N° 247-2023-GRSM/ ORAL, de fecha 19 de junio de 2023, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, opina favorablemente por la procedencia de la emisión de la Ordenanza Regional sobre la propuesta de actualización y/o modi fi cación y consolidación del TUPA del Gobierno Regional San Martín; debiendo proseguirse con el trámite correspondiente. Asimismo, recomienda cumplir con lo señalado en el numeral 17.2.1 y 17.2.3 del numeral 17.2 del Artículo 17 del Capítulo II de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, para la emisión de la Ordenanza Regional de ser el caso; Que, fi nalmente, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín, remite el Memorando N° 706-2023-GRSM/GGR, de fecha 19 de junio de 2023, donde con documento de la referencia, la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín opina favorablemente por la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional San Martín mediante Ordenanza Regional, conforme a los argumentos y a las disposiciones legales señaladas en el presente informe, en ese sentido, estando este despacho conforme, se remite lo actuado para que a través del Consejo Regional de San Martín se prosiga con el trámite en la forma y plazo de Ley. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, en ese sentido, cabe indicar que el TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publican obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Además, se divulga a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos se realiza de forma gratuita, según el numeral 44.3., del Artículo 44° del TUO de la Ley 27444; Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco se colige que es atribución y función del Consejo Regional de San Martín, la emisión de la Ordenanza Regional sobre la propuesta de actualización y/o modi fi cación y consolidación del TUPA del Gobierno Regional San Martín; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional de San Martín, en sesión extraordinaria, llevada a cabo el día 23 de junio de 2023, desarrollada en las instalaciones del Auditorio del