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45 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2023 El Peruano / Artículo Cuarto.- Disponer a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, conforme a lo establecido en el artículo 157 literales “c”, ”j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de gestión por resultados, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, a fi n de que disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la Escuela del Ministerio Público, en coordinación con la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura y la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, realice las capacitaciones en materia penal, procesal penal y de género que requiera el personal fi scal y administrativo de las fi scalías mencionadas en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Huaura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Escuela del Ministerio Público, O fi cina de Racionalización y Estadística, y O fi cina de Control de Productividad Fiscal, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2198457-1 Modifican artículo primero, numeral 2.3 literal a) de la Res.N° 068-2023-MP-FN y el artículo segundo, literal a) de la Res. Nº 439-2023-MP-FN; y dejan subsistentes los demás extremos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1800-2023-MP-FN Lima, 21 de julio de 2023VISTOS:El o fi cio Nº 999-2023-MP-FN-GG, de la Gerencia General; el o fi cio n. os 000821-2023-MP-FN-OGASEJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y los informes n.os 000065 y 000064-2023-MP-FN-OPROCTI, de la O fi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, relacionados a la propuesta de modi fi cación de la Resolución de Fiscalía de la Nación n.º 068-2023-MP-FN y la Resolución de la Fiscalía de la Nación n.º 439-2023-MP-FN, y; CONSIDERANDO: El artículo 64 del Decreto Legislativo n.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público establece que el Fiscal de la Nación representa al Ministerio Público, cuya autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran, cualesquiera que sean su categoría y actividad funcional especializada. El artículo 72, numeral 72.2 del Texto Único Ordenado de la Ley n.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo n.º 004-2019-JUS (en adelante TUO de la LPAG), establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia. En el artículo 78, numerales 78.1 y 78.2 del TUO de la LPAG, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justifi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación. Con el propósito de facilitar la marcha administrativa de la entidad se delegaron facultades y atribuciones a través de la Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 068-2023-MP-FN, de fecha 09 de enero de 2023, cuyo artículo primero, numeral 2.3 literal a) establece la delegación a la Gerencia General del Ministerio Publico de la facultad para “autorizar y suscribir los Convenios de Cooperación Interinstitucional de aplicación en el ámbito nacional e internacional”. Asimismo, complementariamente a la delegación a que se re fi ere el considerando precedente, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 439-2023-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2023, en su artículo segundo, literal a) se delega a la Gerencia General la facultad y atribución que corresponde a la Titular de la Entidad para renovar, modi fi car y resolver los Convenios de Cooperación Interinstitucional. Con o fi cio n.o 000821-2023-MP-FN-OGASEJ, de fecha 20 de julio de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica precisa que mediante los o fi cios n.os 000818 y 000812-2023-MP-FN-OGASEJ de fechas 18 y 19 de julio de 2023 respectivamente, la o fi cina General de Asesoría Jurídica emitió pronunciamiento respecto a la delegación de facultades para suscribir los convenios de cooperación interinstitucional, precisando la recuperación de la competencia de parte del Despacho de ña Fiscalía de la Nación con la avocación a sola fi rma de un convenio en el ámbito del mismo, así como, la posibilidad de que la resolución de delegación pueda ser modi fi cada mediante la incorporación de alguna disposición en especí fi co en el asunto de interés. A través del Informe Nº000064 y 000065-2023-MP- FN-OPROCTI, de fechas 19 y 21 de julio de 2023 respectivamente, la O fi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional brinda opinión técnica y propone la modi fi cación de la Resolución de Fiscalía de la Nación n.º 068-2023-MP-FN de fecha 09 de enero de 2023 y la Resolución de la Fiscalía de la Nación n. o 439-2023-MP- FN, de fecha 20 de febrero de 2023 respecto a la suscripción de convenios por la Titular de la Entidad en materia de gestión de cooperación interinstitucional, sustentado que a la fecha se viene gestionando convenios internacionales con entidades homólogas al Ministerio Público, los mismos que tradicional y recíprocamente son suscritos por sus máximas autoridades, por lo que resulta necesario realizar dicha precisión en las citadas Resoluciones que aprueban la delegación de facultades en materia de suscripción, renovación, modi fi cación y resolver los Convenios de Cooperación Interinstitucional. Contando con los vistos de la Gerencia General, la Ofi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo n.º 052 y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el artículo primero, numeral 2.3 literal a) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 068-2023-MP-FN de fecha 09 de enero de 2023 y el artículo segundo, literal a) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 439-2023-MP-FN, de fecha 10 de febrero de 2023, incorporando el siguiente párrafo: Esta delegación no incluye a los convenios de cooperación interinstitucional o documentos similares