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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2023 (28/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Viernes 28 de julio de 2023 El Peruano / Transferencias y Especí fi ca del Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, según Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2200157-1 Designan Director de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000288-2023-MC San Borja, 27 de julio de 2023VISTOS: el Memorando N° 2309-2023-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 001134-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución MinisterialN° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es considerado de con fi anza; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los vistos de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor RICARDO MIGUEL GARCÍA PINEDO en el cargo Director de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2200452-1DEFENSA Decreto Supremo que modifica los artículos 25 y 39 del Reglamento del Decreto Ley N° 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar-Policial, aprobado por Decreto Supremo N° 005-75-CCFA DECRETO SUPREMO Nº 005-2023-DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 21021, se crea la Caja de Pensiones Militar-Policial (CPMP) como una Persona Jurídica de Derecho Público Interno, con la fi nalidad de administrar el régimen de pago de las pensiones y compensaciones de sus miembros; administrar los recursos a su cargo con la fi nalidad de incrementarlos; y, administrar otros fondos y prestar otros servicios que se aprueben por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-75-CCFA, se aprueba el Reglamento del Decreto Ley N° 21021, que crea la CPMP; Que, el artículo 25 del Reglamento del Decreto Ley que crea la CPMP establece que el Consejo Directivo se reúne ordinariamente en la primera quincena de cada mes, a fi n de considerar los informes mensuales de los diversos órganos que hace conocer la Gerencia General y, extraordinariamente, cuando lo convoque su Presidente; sin embargo, no contempla la posibilidad de realizar sesiones no presenciales; Que, el artículo 36 del Reglamento acotado establece que el Gerente General de la Caja es la más alta autoridad ejecutiva y es responsable de la dirección, coordinación y supervisión de todas las actividades de la CPMP; de acuerdo a la política adoptada por el Consejo Directivo; Que, asimismo, el artículo 39 del citado Reglamento establece que para ser Gerente General de la Caja se requiere ser profesional colegiado en Ciencias Actuariales, Económicas, Administración de Empresas o Contabilidad Pública, encontrándose limitadas a estas carreras profesionales la posibilidad de acceder a dicho cargo; Que, resulta necesario modi fi car el Reglamento del Decreto Ley N° 21021, que crea la CPMP, aprobado por Decreto Supremo N° 005-75-CCFA, para comprender la posibilidad que el Consejo Directivo realice sesiones no presenciales; así como para retirar, en el artículo 39 de dicha norma, la referencia expresa a determinadas carreras profesionales para acceder al cargo de Gerente General, y en su lugar se disponga una remisión a la normativa interna de la CPMP, la que sí debe contener la relación de carreras profesionales, adecuada a la actual oferta educativa que existe en el país; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 25 y 39 del Reglamento del Decreto Ley N° 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar-Policial, aprobado por Decreto Supremo N° 005-75-CCFA Modifícanse los artículos 25 y 39 del Reglamento del Decreto Ley N° 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar-Policial, aprobado por Decreto Supremo N° 005-75-CCFA, los cuales quedan redactados conforme a lo siguiente: “Artículo 25.- El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente en la primera quincena de cada mes, a fi n de considerar los informes mensuales de los diversos órganos que hará